Un nutricionista de Granada detalla el «engaño» de la composición del pan y recuerda en qué deben fijarse los clientes
El dietista Marcos Rueda destaca que la nueva normativa es «mucho más correcta» y que defiende los intereses de los consumidores
El pasado lunes 1 de julio entró en vigor el cambio en la normativa de la producción del pan en España, la cual databa ... de 1984. Las nuevas normas que se aplican desde esta semana afectan a prácticamente todo el pan que compran los clientes españoles, ya que no solamente atañen a su composición, sino también a las técnicas de fabricación utilizadas para producirlo. De esta forma, la nueva normativa evalúa aspectos que se refieren al pan común, integral o artesanal, y que influyen en los hábitos de consumo de la población.
Para analizar en qué consiste esta modificación y cómo cambia la composición del pan que tomamos desde el punto de vista nutricional, hablamos con un dietista granadino experto en la materia. En primer lugar, el nutricionista Marcos Rueda Córdoba afirma que la nueva normativa es «acertada y mucho más correcta que la anterior», la cual «daba lugar a cierto engaño para la población» a la hora de comprar el pan.
«La antigua legislación no era precisa y daba lugar a cierta confusión en el consumidor. El problema de base existía porque cualquier pan con un mínimo de harina integral, es decir, de grano entero, podía poseer dicha denominación sin serlo en su totalidad. Ha llegado a haber casos de panes con 0'01% de harina integral con salvado añadido para aumentar la cantidad de fibra», afirma el nutricionista.
En qué debe fijarse el consumidor
Desde el pasado lunes, a la hora de ir a comprar, el cliente puede fijarse en una serie de aspectos para comprobar que el pan que compra cumple con la normativa establecida. De acuerdo con el dietista Marcos Rueda, la nueva normativa RD 308/2019 concreta, entre otras cosas, el nombre del cereal del que procede la harina. De esta forma, uno de los requisitos para considerar a un pan 100% integral, es «que la harina utilizada o que compone dicho pan sea 100% integral». «Este aspecto es algo lógico, pero la antigua legislación no lo contemplaba, y muchos fabricantes se aprovechaban de la situación», detalla el nutricionista.
Del mismo modo, en el caso de que el pan supuestamente integral no esté compuesto en su totalidad por harinas integrales, el fabricante deberá aclarar qué porcentaje de estas harinas lo son y cuáles no.
En relación al pan artesanal, según Rueda, «a partir de ahora se precisará la elaboración artesana, es decir, que esté hecho a mano con técnicas tradicionales, cuando antes no se exigía este requisito».
«Desde ahora el etiquetado será mucho más claro y preciso, y los clientes deberán fijarse en el total de harina integral y en el cereal del que proviene, información adjunta en la lista de ingredientes con las cantidades en orden decreciente», sentencia el nutricionista.
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