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Tráfico | Estos son los vehículos que podrás conducir con el el carnet B a partir de julio

Estos son los vehículos que podrás conducir con el el carnet B a partir de julio

Se prevé que para entonces se apruebe la nueva legislación con la que la Dirección General de Tráfico (DGT) modificar la obtención de este carnet

á.l.

Martes, 30 de abril 2019

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La Dirección General de Tráfico (DGT) no detiene sus planes de modernizar el modo de entender la seguridad vial y ahora pretende hacer lo propio con la obtención del carnet de conducir típico, el B. Según el borrador del Real Decreto que el Ministerio del Interior tiene previsto aprobar aproximadamente en julio, los conductores podrán manejar nuevos tipos de vehículos con este permiso.

A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, aquellos conductores que posean el carnet tipo B y que lo hayan obtenido al menos dos años antes, podrán conducir también vehículos de mercancías de entre 3.500 y 4.250 kilos. Es decir, justo los vehículos que no se podían conducir hasta la fecha si se tenía este carnet ya que la masa máxima permitida era precisamente de 3.500 kilos.

No es lo único que cambia. También se estudia rebajar la edad con la que se pueden obtener permisos especiales de conducción como el C o el D. Si hasta ahora era necesario tener 24 años, el Ministerio del Interior a través de la DGT pretende rebajar la edad necesaria hasta los 21. Un cambio que facilita el acceso a determinados vehículos comerciales.

La DGT también quiere modificar el modo de obtención de dichos permisos y de los llamados combinados (por ejemplo el B+E o C+E). En estos casos, quienes quieran obtenerlos solo tendrán que recibir dos horas de formación sobre qué tipo de peligros conlleva conducir los vehículos que se asocian a tales carnets.

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