Salarios
¿Qué te deben retener en tu nómina del IRPF para no pagar en la Renta?Las retenciones se regulan en función a los diferentes tramos del salario bruto y en caso de ser menores a las correspondientes la declaración saldrá a pagar
Alberto Flores
Granada
Lunes, 27 de febrero 2023, 09:56
A vueltas con los cálculos del IRPF en relación a la Declaración de la Renta. Para empezar, no todos los ciudadanos están obligados a presentarla. ... Y recientemente la Agencia Tributaria ha informado sobre qué deben hacer al respecto los ciudadanos que cobren el paro y cómo afecta al sueldo de los trabajadores el IRPF.
Sin embargo, si lo que se quiere es evitar sustos a la hora de presentar la declaración de la Renta lo más sencillo es aplicar bien las retenciones en la nómina para evitar así que la declaración salga a pagar. En este sentido, las retenciones a realizar dependen de varios factores como el salario que se percibe, la situación familiar del trabajador, el tipo de contrato que tiene o la duración del mismo.
Es la propia Agencia Tributaria la que fija cada año cuáles son las retenciones, para lo qu establece tramos de ingresos que se aplican sobre el salario bruto. Unos tramos que son de obligada aplicación en lo referente a qué retenciones aplicar sobre la nómina del trabajador en cuestión. La retención se divide en dos partes: una que retiene el Estado y otra que se realiza a nivel autonómico.
Por ejemplo, los contribuyentes con ingresos brutos superiores a los 300.000 euros cuentan con una retención estatal del 24,5% y una autonómica del 22,5%, lo que supone un 47% de retenciones en sus ingresos brutos. Mientras que los trabajadores con ingresos más bajos, de 0 a 12.450 euros, tendrán una retención del 9,5% en la estatal y la autonómica, lo que hace un total del 19% de retención.
Tramos para las retenciones del IRPF
• Ingresos brutos anuales entre 0 y 12.450 euros: 19% (9,5% estatal y 9,5% autonómico).
• Ingresos brutos anuales entre 12.450 y 20.200 euros: 24% (12% estatal y 12% autonómico).
• Ingresos brutos anuales entre 20.200 y 35.200 euros: 30% (15% estatal y 15% autonómico).
• Ingresos brutos anuales entre 35.200 y 60.000 euros: 37% (18,5% estatal y 18,5% autonómico).
• Ingresos brutos anuales entre 60.000 y 300.000 euros: 45% (22,5% estatal y 22,5% autonómico)
• Ingresos brutos anuales superiores a 300.000 euros: 47% (24,5% estatal y 22,5% autonómico).
En caso de que no se respeten estas retenciones, la declaración de la Renta saldrá a pagar. Mientras que el resultado será a devolver en caso de que las retenciones hayan sido superiores a los porcentajes fijados por Hacienda.
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