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DANIELA LONDOÑO
Sábado, 28 de enero 2023, 09:06
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Las ayudas económicas pública están a la orden del día y tienen mucho que ver con la incorporación al mercado laboral después de cierta edad, que resulta para la mayoría de personas un proceso complejo. Las demandas cada vez más exigentes de formación y cualificación dejan a muchos por fuera del mercado, incluso cuando aún tienen mucho que brindar en cualquier empleo. Por esto, el Servicio Público de Empleo (SEPE) ha dispuesto de una ayuda al desempleo para personas mayores de 52 años con ciertas condiciones particulares.
Se trata de una prestación contributiva, esto es, que cotiza para la pensión, con la cual los beneficiados pueden tener acceso a una renta mensual. La cuantía de esta ayuda, quedará para 2023 en 480 euros, de acuerdo con las modificaciones contempladas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Aunque es contemplada como una ayuda transitoria, es decir, hasta que el ciudadano(a) encuentre un empleo. En caso de que esto no suceda, podría extenderse hasta que se alcance la edad de jubilación ordinaria.
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El beneficiario de la ayuda deberá cumplir una serie de deberes ante el SEPE, uno de ellos es precisamente participar en programas de formación para el empleo. Así mismo, desempeñar algún tipo de trabajo temporal o de corto plazo y no rechazar ninguna oferta de trabajo siempre que se presente. De lo contrario se correrá el riesgo de perder la ayuda. Las personas interesadas en solicitarla, deberán presentar la solicitud en la sede electrónica del SEPE. Para lo cual será necesario tener certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
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De igual manera, podrá hacerse el trámite a través de cualquier oficina provincial, solicitando cita previa. Los requisitos para aplicar a esta ayuda son:
· Tener 52 años o más y estar en situación de desempleo.
· Haber cotizado 15 años, dos de ellos deben ser previos a la solicitud del subsidio.
· No puede tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional
· Esta es una ayuda destinada a la población activa básica, emigrantes retornados y personas con incapacidad permanente parcial.
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