La Policía de Granada desvela la verdad sobre conducir en chanclas, en tacones o descalzo
La Policía Local de Granada explica en Twitter cómo es el Reglamento al respecto: «No es infracción pero puede ser denunciado»
á.o
Miércoles, 8 de agosto 2018, 11:54
La Policía Local de Granada ha explicado a través de media docena de tuits cómo se aplica realmente la normativa en caso de circular a ... bordo de un vehículo con chanclas, tacones «o descalzo». En ellos se aclara que, en el reglamento, «según el legislador», se recogen infracciones «sobre hechos concretos» que son «un peligro en abstracto» como alcohol o conducción con dispositivos.
¿Está prohibido? Tal y como explican, «hay conductas que no se encuentran definidas en el reglamento pero que pueden ser causa de un riesgo potencial para la seguridad vial». En ese artículo 18 que ya citamos se recoge la situación de circular con chanclas, tacones o descalzo. No hay norma en el articulado que sancione conducir con este calzado, o sin él, pero siempre hay una excepción.
«Si por culpa de ir en chanclas, descalzo o en tacones se pone en riesgo la seguridad vial, sí podría ser denunciado. Se denuncia la consecuencia. Es decir, el riesgo o peligro creado», apuntan.
📢Atención‼️
— Policía Local de Granada (@Policia_Granada) 7 de agosto de 2018
Para aclarar el tema de las multas por conducir con chanclas, con tacones 👠 o descalzo 👣...
Iniciamos este
👇🏻👇🏻👇🏻⚡️HILO⚡️👇🏻👇🏻👇🏻 pic.twitter.com/zODW86gH7g
El Reglamento de Circulación prevé infracciones sobre hechos concretos y definidos: móvil, GPS, cascos auriculares, alcohol...
— Policía Local de Granada (@Policia_Granada) 7 de agosto de 2018
Esta acciones ha considerado el legislador que son un peligro en abstracto y se denuncian sin que necesariamente tengan que causar un peligro.
Por ejemplo, usar el móvil es denunciable ya se esté detenido en un semáforo (riesgo mínimo) o circulando por la autovía en hora punta (riesgo alto).
— Policía Local de Granada (@Policia_Granada) 7 de agosto de 2018
Usar el teléfono móvil viene específicamente regulado en el artículo 18 del Reglamento. pic.twitter.com/bfLOz1yFRG
Sin embargo, hay conductas que no están definidas en el Reglamento y que pueden ser causa de un riesgo potencial para la seguridad vial. Aquí es donde entran los casos de conducir en chanclas, tacones o descalzo, entre otras. pic.twitter.com/dNnA3p2lMK
— Policía Local de Granada (@Policia_Granada) 7 de agosto de 2018
No es infracción a ningún artículo del Reglamento conducir con chanclas.
— Policía Local de Granada (@Policia_Granada) 7 de agosto de 2018
No es infracción a ningún artículo del Reglamento conducir descalzo.
No es infracción a ningún artículo del Reglamento conducir con tacones.
Esto hay que dejarlo claro. pic.twitter.com/i1SNCvG7UQ
Pero, si por culpa de ir en chanclas, descalzo o en tacones se pone en riesgo la seguridad vial, sí podría ser denunciado.
— Policía Local de Granada (@Policia_Granada) 7 de agosto de 2018
Aunque no se denuncia el hecho de ir con un determinado calzado o sin él, se denuncia la consecuencia, ósea, el riesgo o peligro creado. pic.twitter.com/4HGCQaVOjb
Así que conduce seguro y #NoLePisesSiLlevasChanclas
— Policía Local de Granada (@Policia_Granada) 7 de agosto de 2018
Esperamos que con este hilo te haya quedado claro el tema 👮🏻♂️👌🏻
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