Conducir en bikini, con chanclas, sin camiseta... ¿está prohibido?
Mucho cuidado, porque te juegas una multa de 200 euros y pérdida de tres puntos
á. o.
Martes, 31 de julio 2018, 14:04
Es una situación muy común en estos meses de verano, pero también puede ser objeto de sanción, aunque no se recoja expresamente en la normativa. ... Si usted es de esas personas que circulan con su vehículo portando atuendos como bikinis, chanclas, o directamente sin camiseta, deben saber que pueden enfrentarse a una multa.
Así lo recoge concretamente el segundo apartado del artículo 18 del Reglamento General de Circulación (RGC): «El conductor está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción para garantizar su seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».
Además, según destaca 'ABC', la normativa añade que se deberá cuidar «especialmente» el mantener la «posición adecuada» y que la mantenga el resto de pasajeros, o colocar de forma idónea los objetos o animales transportados en el vehículo para que no interfieran con el conductor. Esto quiere decir que también podría ser sancionable el mostrarse en una posición poco adecuada para circular, o portar objetos sin orden alguno. De todo ello ya avisó en su momento la Guardia Civil.
En el caso del bikini, las chanclas, los bañadores o sin camiseta, puede que por las altas temperaturas se generen ciertos problemas al entrar el contacto el tejido del asiento con la propia piel, o bien el cinturón de seguridad. En el caso de las chanclas, no se puede conducir con ellas porque puede generarnos algún problema a la hora de activar el pedal idóneo.
La legislación recoge una sanción económica de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carnet. Extremen pues las precauciones.
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