¿Cuál es el peso máximo que aguanta un balcón? ¿Qué piscinas hinchables podemos colocar?
Una cubierta puede soportar entre 100 y 200 kilogramos por metro cuadrado
Ideal
Lunes, 29 de junio 2020, 13:53
Con la llegada del verano muchas familias deciden colocar una piscina hinchable en su casa para refrescarse en los días calurosos. Si bien no hay ... ningún problema en poner una piscina en un jardín, instalarla en una terraza puede ser bastante peligroso. De hecho, hace unos días una terraza de Elda (Alicante) se vino abajo a consecuencia del excesivo peso de una piscina hinchable.
El Consejo General de los Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE), el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) han alertado de los riesgos que puede implicar la instalación de estas piscinas en terrazas, balcones y azoteas de los edificios sin un criterio técnico que lo avale.
Laureano Matas, secretario general del CSCAE, indica que «sin la necesaria supervisión de un profesional competente que constate la viabilidad de la instalación, pueden producirse daños en las estructuras de los edificios y, en el peor de los casos, que la seguridad de las personas se vea amenazada. Afortunadamente, el asesoramiento experto evita riesgos y, en función del tipo de piscina, hay casos en los que es posible reforzar la estructura de una forma asequible».
Por ello estos órganos recomiendan que, antes de adquirir una piscina, se consulte a un arquitecto o arquitecto técnico para que compruebe el peso que es capaz de soportar la estructura de la terraza de cada vivienda. Sólo así se sabrá si es viable instalar una piscina y el volumen de agua que es capaz de soportar. Según indican, una cubierta que no estaba calculada para este sobrepeso puede soportar entre 100 y 200 kilogramos por metro cuadrado, lo que equivale a una lámina de agua entre 10 y 20 centímetros de altura.
El presidente del CGATE, Alfredo Sanz Corma, explica que un edificio está calculado para unos usos determinados. «Si introducimos variables que los alteren -advierte-, puede verse comprometida alguna parte de su estructura. Es imprescindible que, antes de instalar una piscina portátil en un forjado, se consulte con un técnico competente, para no comprometer la estabilidad del forjado y, sobre todo, y más importante, la seguridad y salud de las personas».
Por su parte, el decano del Colegio Oficial de Arquitectos de La Rioja, Alfonso Samaniego, explica al portal 'El Balcón de Mateo' que un litro de agua supone un importante peso para las estructuras: «El agua pesa muchísimo más de lo que pensamos: un litro, un kilo. Por cada diez centímetros de altura de agua que pongamos en una piscina, metemos unos 100 kilos de peso. Y los forjados de los pisos nuevos aguantan una sobrecarga de alrededor de 300 kilogramos». Por ello el decano advierte de que «en una casa no se deben colocar piscinas hinchables con agua». En caso de que se quiera instalar, Samaniego recomienda que, como máximo, tenga 30 centímetros de altura. «Eso sí vivimos en un edificio nuevo, porque si nuestra casa es antigua el forjado tiene menos resistencia», puntualiza.
Por otro lado, los citados órganos señalan que hay que tener en cuenta que el forjado que sustenta la estructura es un elemento común del edificio. Por lo tanto, el deseo de instalar una piscina en la azotea debe comunicarse a la comunidad de propietarios junto con el informe técnico correspondiente. Además, en aquellas piscinas que pudieran ser objeto de uso comunitario este informe técnico contará con las especificaciones propias sobre las limitaciones de uso, aforo y sanitarias.
Salvador Díez, presidente del CGCAFE, recuerda que no se puede modificar ningún elemento común de la finca para la instalación de una piscina. «Si un vecino quiere instalar o instala una piscina y esto supone la alteración de algún elemento común, no puede hacerlo sin la autorización previa de la Junta de Propietarios, y esta autorización ha de ser por unanimidad y siempre que no suponga ningún riesgo para la finca ni para los vecinos». No obstante, aclara que «si la intención es instalar una piscina portátil en una terraza, no es necesario el acuerdo de la Junta de Propietarios, pero si es conveniente comunicarlo a la Comunidad de Propietarios y acompañar un informe técnico».
La recomendación general, por tanto, es no colocar piscinas en terrazas o azoteas salvo que un arquitecto garantice que la estructura resistirá el peso del agua.
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