Estos son los pensionistas obligados a comunicar sus ingresos a la Seguridad Social
Cada año, los titulares de una pensión con complemento a mínimos deberán anunciar el monto de sus rentas al organismo gestor como requisito para seguir percibiendo los beneficios
Daniela Londoño
Sábado, 29 de abril 2023, 09:03
El complemento a mínimos se refiere a la cantidad que se suma al importe de la pensión cuando esta no alcanza el mínimo legal ... establecido. No obstante, si el beneficiario empieza a recibir rentas que superen el umbral previsto o se prevé esto, estará obligado a comunicarlo a la Seguridad Social. Tal como lo advierte el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en sus canales virtuales y redes sociales. En 2023 todos los pensionistas que prevén recibir rentas superiores al límite deberán comunicar sus ingresos en 2023.
En lo casos en que no se presente ninguna modificación en las rentas, ni se tenga previsto tenerla, no habrá ninguna exigencia de declaración. La razón para que se deban comunicar, según el INSS, es que estos complementos no tienen un carácter consolidable y se revisan anualmente. Por lo tanto, el beneficio del complemento sólo se adjudicará a quienes mantengan los requisitos que dan derecho a él.
Dentro de las condiciones que habilitan a una persona pensionista a recibir este complemento están:
· Tener una pensión reconocida cuya cuantía no supere la cantidad mínima legal establecida anualmente.
· No percibir rendimientos del trabajo, capital o actividades económicas y ganancias patrimoniales por encima de los ingresos establecidos en función de su situación familiar.
· Ser residente en España.
Con todo, y considerando la cuantía de las pensiones aprobadas por el Gobierno para el año 2023, aquellas pensiones que cumplan con los siguientes factores estarán obligadas a comunicar al INSS sus ingresos:
- Personas que perciban un complemento a mínimo con cónyuge no a cargo o sin cónyuge con ingresos superiores a los 8.614 euros.
- Personas con cónyuge a cargo y derecho a complemento cuyos ingresos conjuntos sumen más de 10.048 euros.
Es importante aclarar que el INSS entiende por ingresos «las rentas del trabajo, de capital y de actividades económicas y las ganancias patrimoniales, pero no se computa el importe de la pensión». Para comunicar estos cambios, los pensionistas podrán hacerlo a través de la sede electrónica del INSS. A través de la opción 'Tu Seguridad Social', podrán hacerlo con o sin certificado digital y también por correo postal a través del formulario dispuesto para ello.
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