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La DGT alerta de la multa de 500 euros y seis puntos por este tipo de aparcamiento

Esta acción es tan habitual como ilegal, según recoge el Reglamento General de Circulación, y la autoridad no necesita presenciarla para imponer la multa

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GRANADA

Jueves, 12 de agosto 2021

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Estacionar en sentido contrario al de la circulación de una vía es una práctica tan frecuente como ilegal. El Reglamento General de Circulación recoge, en ... su artículo 90.2, que el vehículo se debe situar siempre lo más cerca posible del borde derecho de la calzada en vías urbanas de doble sentido cuando se tenga que realizar una parada o un estacionamiento. De igual manera, invadir el carril paralelo y, por tanto, circular en sentido contrario para aparcar, con independencia de la distancia que se recorra, no entra en los supuestos de maniobras justificadas, por lo que implica una sanción por parte de la Dirección General de Tráfico.

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