Prisión por abusar de la hija discapacitada de su pareja, con la que vivía en una cueva de Granada
El acusado, que llegó a decir a la menor que tenía «más tetas» que su madre, reconoció los tocamientos en el juicio y aceptó dos años de cárcel
Un granadino treintañero que abusó sexualmente durante dos años de la hija discapacitada de su pareja, con la que convivía en una cueva de la ... provincia de Granada, ha sido condenado a 24 meses de prisión. En el juicio, el acusado admitió haber manoseado a la menor, haberle expresado la atracción que sentía por ella y haberle dicho cosas como que tenía «más tetas» que su madre.
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El fallo, que fue dictado con al conformidad del procesado, es firme, impone también al tipo una medida de alejamiento con respecto a la víctima, con la que tampoco podrá comunicarse durante cinco años. Además habrá de indemnizarle con 4.000 euros por el daño moral causado.
La víctima, nacida en 2004 y con una discapacidad del 54 por ciento reconocida, era hija de una pareja anterior de su madre y permanecía con ella desde la separación de sus progenitores. Fue en 2010 cuando su madre inició una relación sentimental con el acusado, con quien tuvo otra hija en 2014. Los cuatro convivían desde entonces en una vivienda tipo casa cueva, donde el encausado ejercía «un rol paterno» sobre la menor.
Angustia
La resolución en la que la Audiencia de Granada plasma el acuerdo al que llegaron las partes el día del juicio, celebrado el pasado mes de febrero, considera probado que en entre 2015 y 2017 el acusado, para satisfacer su libido, realizó «tocamientos» a la niña. Actuó «aprovechando la situación de superioridad que sobre la menor le otorgaba el hecho de ser la pareja sentimental de su madre». Además le hizo comentarios de índole sexual, «provocando en la menor un estado de miedo y angustia», señala el tribunal provincial.
En varias ocasiones, disfrazando los tocamientos «de juego», le hacía «masajes» y tocaba a la menor pechos y glúteos. En otras, «con el mismo impulso sexual», entraba en el baño mientras la cría se estaba duchando «para verla desnuda».
Cortinas
A veces, irrumpía en el cuarto de la menor mientras esta dormía «para observarla y tocarla», conductas que ella «rechazaba y recriminaba abiertamente al acusado». Como no había puertas en el interior de la cueva, en otras ocasiones «se asomaba entre las cortinas que separaban las distintas dependencias» para ver a la menor «mientras se desvestía».
El relato de hechos probados de la sentencia describe un episodio ocurrido durante la tarde del 22 de febrero de 2017. Ese día, la cría acompañó a su madre y al acusado a realizar unas compras y este aprovechó un momento en el que se quedó a solas con ella dentro del coche para decirle «perdóname, yo te quiero mucho, pero no como una hija, te quiero como una mujer, yo te haría... pero es que no puedo porque eres una menor». Al mismo tiempo, siempre según el fallo de la Audiencia, le decía que mirase cómo se ponía, «refiriéndose a la erección que en ese momento estaba teniendo».
La víctima presenta «irritabilidad, pérdida de control emocional, sentimientos de tristeza y disminución en el rendimiento escolar», indica el fallo
Lo acontecido ha tenido consecuencias en la menor: presenta «irritabilidad, pérdida de control emocional, sentimientos de tristeza, disminución en el rendimiento escolar« y miedo a posibles represalias. No ha necesitado, no obstante, ayuda especializada.
«El acusado, con asistencia de su letrado en la vista oral, de forma libre y voluntaria e informado del alcance y consecuencias de la conformidad, se mostró conforme con los hechos, las penas y resto de consecuencias solicitadas por las partes», indica la sentencia, que fue dictada 'in voce' (a viva voz) en la sala el mismo día del juicio.
Los hechos que han sido declarados probados de forma expresa por la Audiencia son constitutivos de un delito de abuso sexual a menor de edad. Este ilícito está recogido en el artículo 183 del Código Penal. Se da la circunstancia de que el procesado no tenía antecedentes penales, por lo que al ser la pena igual a dos años y si paga la indemnización a la hoy adolescente podrá solicita la suspensión de la pena.
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