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Hacerlo todo mal también tiene mérito. Fue lo que le ocurrió a un individuo al que interceptó la Guardia Civil de Granada cuando circulaba en ... una minimoto, que solo pueden usarse en circuitos habilitados para ese fin. En otras palabras, que está prohibido transitar con ellas por carreteras convencionales. Y esa era la primera norma que estaba violando el protagonista de esta historia. En concreto, iba por la GR-3301, en el término municipal de Jun, con la intención de repostar. De hecho, el infractor y un acompañante se detuvieron en una estación de servicio y fue ahí donde les sorprendieron los agentes del instituto armado.
La Guardia Civil cortó el paso a los motoristas con su coche patrulla. Al sujeto en cuestión se le cayó la minimoto y se dio a la fuga en la de su amigo. Sin embargo, los guardias civiles que elaboraron el informe sobre los pormenores del suceso lo identificaron porque no llevaba el casco. «El agente (...) actuante (...) se ratifica en el atestado. Vio cómo iban circulando las motos tipo cross. Al meterse en la gasolinera, les cerraron el paso con el vehículo oficial. Intentó escapar, se cayó la moto (...) derramando gasolina y él, saliendo corriendo, se montó en la otra moto, y huyeron, siendo reconocible en todo momento por no llevar casco», dice textualmente la sentencia de la Audiencia de Granada que ha confirmado ahora el fallo condenatorio que dictó en su día un juzgado de lo penal de la capital: dieciséis meses de multa con una cuota diaria de dos euros por un delito contra la seguridad en el tráfico.
El incidente ocurrió la tarde del 12 de diciembre de 2021 y la Benemérita confiscó la minimoto que quedó tirada en la gasolinera. Poco después, el acusado se acercó hasta el cuartel del instituto armado y le comunicaron que, además de lo que ya tenía encima, había perdido todos los puntos del permiso de conducir en 2019, es decir, dos años antes del percance. El investigado alegó que no lo sabía, que se enteró cuando fue a las dependencias de la Guardia Civil para interesarse por su minimoto.
Lo que sí sabía es que esos vehículos solo podían utilizarse en circuitos acotados y no en las calzadas normales. «Preguntado sobre si las motos de motocross no necesitan permiso de circulación ni seguro obligatorio, ni tienen matrícula, ni pagan impuesto de circulación, declara que esas motos están ideadas para correr en circuito cerrado, sin luces ni espejos, no pudiendo circular por la vía pública, por la carretera, cometiendo en tal caso diversas infracciones», admitió el imputado.
Así las cosas, fue condenado en primera instancia, una decisión que el acusado no compartió, por lo que presentó un recurso ante la Audiencia que tampoco ha prosperado.
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