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C. L.
Miércoles, 22 de enero 2025, 09:44
Importante aviso relacionado con una novedad para las gestiones de los autónomos en su día a día. Y no es una baladí, precisamente. Los trabajadores por cuenta propia tienen, por norma general, hasta el día 30 de enero para presentar hasta una decena de declaraciones de impuestos. Aparte de las declaraciones resumen del año anterior, la mayoría tendrán que pagar tanto el IVA del cuarto trimestre como el IRPF, en el caso de que hayan optado por fraccionarlo.
Sin embargo, el plazo para ambas liquidaciones se adelantará si quieren que sea la Agencia Tributaria la que les cobre directamente en su cuenta bancaria estos impuestos para evitar así posibles retrasos en el pago y sanciones de Hacienda, según señala el portal especializao 'Autónomos y emprededor.es'.
Con carácter general, los contribuyentes cuentan hasta el día 20 -de abril, julio u octubre- para presentar los modelos -303, 130 o 131- ante Hacienda y pagar el resultado que salga en la liquidación. En enero el plazo es distinto, y tienen hasta el día 30 para declarar estos impuestos. Pero si quieren optar por la domiciliación, tienen que presentar la declaración cinco días antes de la fecha límite.
Por lo tanto, y aunque normalmente la fecha para domiciliar el pago de los impuestos suele ser el día 15, este mes tendrán hasta el día 25 para presentar sus autoliquidaciones trimestrales y que sea Hacienda la que cobre directamente el IVA o el IRPF en su cuenta bancaria.
Domiciliar el pago del IVA o del IRPF fraccionado en enero es sencillo. Cuando el autónomo -o su gestor- rellena el modelo 303 o el modelo 130 o 131 -en caso de que pague su IRPF en la modalidad de fraccionamiento- con sólo hacerlo cinco días antes del vencimiento del plazo, aparecerá automáticamente una opción de domiciliación. A continuación se muestra esta casilla que vale tanto para el modelo de IVA trimestral, como para el IRPF fraccionado.
Al marcarla, automáticamente aparece un apartado en el que el profesional debe indicar la cuenta corriente donde la Administración debe hacer el cobro. Pasados los últimos cinco días, esa opción desaparece.
A pesar de que la domiciliación es el método más cómodo para pagar las autoliquidaciones, a veces puede pasarse el plazo. Lo más sencillo en este caso es confeccionar telemáticamente la declaración y pagar la liquidación con un cargo en cuenta o con tarjeta de crédito.
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