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Testigo #9, la vida en un prostíbulo de carretera

Testigo #9, la vida en un prostíbulo de carretera

La sentencia de un caso de trata en León muestra el método general de las mafias para esclavizar mujeres

Doménico Chiappe

Madrid

Miércoles, 2 de enero 2019, 18:20

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Sucedió en una carretera secundaria, la Nacional 601, pero podría haber sido en cualquiera de esos edificios señalados con una palabra en luces de neón, 'Club'. La historia la protagoniza una joven, identificada como Testigo Protegido #9, pero podría haber sido cualquiera de las 600.000 mujeres que ejercen la prostitución en España, por 50 euros el 'servicio', encerrada tras una fachada fucsia de ventanas blancas en un apacible descampado. Con una diferencia: al contrario que la otra decena de chicas que vivía bajo el mismo techo, Testigo Protegido #9 no ejercía voluntariamente. Su caso llegó a la Audiencia Provincial de León, que hace dos semanas dictaminó la pena de cinco años de prisión para sus dos captores, revelando el método de captación y sometimiento que ocurre dentro de esos burdeles, que se alzan como parte de paisaje. Tan normalizados que la Unión Europea califica la prostitución en España, que mueve unos 3.600 millones de euros al año, como 'alegal'.

La Testigo Protegido #9 fue captada en Paraguay por la prima de su madre, que ya vivía en España y trabajaba en el Club La Estación, un prostíbulo del Camino Real de Valdearcos, que ya había sido clausurado al menos dos veces más en el pasado y cambiado de dueño, antes de que esta sentencia dictaminara su clausura definitiva. La prima de su madre, N. O. M. F., le ofreció ayuda para emigrar a España a trabajar al cuidado de ancianos. Cuando #9 aceptó su proposición, la mujer la puso en contacto con una red que le daría el billete de avión y mil euros en efectivo para mostrar en la aduana. La Testigo Protegida #9 viajaría como turista, junto a esa tía segunda. La red ya había captado a otras mujeres, también en Paraguay, y al menos seis declararon, también bajo protección, en el juicio.

Ninguna de las otras mujeres fue engañada, como la #9. Todas, excepto ella, sabían que se dedicarían a la prostitución. Todas, incluso ella, sabían que contraían una deuda de 3.000 euros con la red, en activo desde mediados de 2015, que tendrían que pagar con su trabajo desde el mismo día de llegada. «El hecho de que supieran que venían a ejercer la prostitución no implica que no existiera un delito de trata», comenta Rosa Cendón, coordinadora de Adoratrius, una asociación para la defensa de las víctimas de estos crímenes. «Hay que analizar los pactos previos, la situación de vulnerabilidad y la existencia de amenazas o de violencia».

Del aeropuerto, #9 fue trasladada sin escalas al prostíbulo por el acusado, que le requisó el pasaporte y el dinero. En su ponencia, el juez Álvaro Miguel de Aza describió la situación: aislada, «viviendo en una continua atmósfera atemorizante», bajo la insistencia y presión del acusado, V. G. A. «¡Tienes que trabajar de puta para saldar la deuda!», le gritaba el proxeneta, según los hechos probados. Su horario era entre las cinco de la tarde y las cuatro de la madrugada y, cuando se negaba, su familiar la amenazaba con llamar a su madre, para contar a qué se dedicaba. En esta situación estuvo dos meses, pagó 2.500 euros de la deuda, más los 50 euros diarios de manutención. Después viajó a Madrid, donde la detuvo la Policía de Extranjería. Si trabajaba todos los días, como declaró en el juicio, #9 hizo un 'servicio' cada 13 horas para pagar deuda y gastos. Cuando interpuso la denuncia, el médico forense le diagnosticó un trastorno mixto ansioso-depresivo.

Cuestión de matices

La sentencia explica que en un delito de trata de seres humanos hay tres fases: captación, habitualmente bajo engaño y coacción; traslado, donde se aplica la «técnica del desarraigo», y explotación, que implica una participación forzada en la que otros obtienen beneficios económicos. La jurisprudencia dicta que debe existir «situación de superioridad» por parte del acusado. En 2017 fueron condenadas 63 personas por este delito, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), que en 2014 reunió las cifras del sector.

En el caso dirimido, el dueño del local no fue condenado por trata de seres humanos en tres de los cuatro casos juzgados, a pesar de que se comprobó que las mujeres que vivían en su local se dedicaban a la prostitución. La razón, un matiz que diferencia al proxeneta del hotelero: «el acusado ha reconocido regentar un negocio de hostal y bar», explica el juez. «No se mete en los negocios de las chicas con sus clientes, concretando que su fuente de ingresos proviene exclusivamente del alquiler de las habitaciones y de la venta de bebidas del bar». «Uno de los problemas principales es que no hay una buena detección ni identificación del delito de trata», explican desde el equipo jurídico de Sicar / Proyecto Esperanza, que atendió a la víctima. Sin embargo, tanto el dueño del local como su cómplice serán encontrados culpables en el caso de #9: cinco años para ambos. Él también será culpable de tres delitos de determinación coactiva a la prostitución: seis años más. Por el favorecimiento de inmigración ilegal, una multa.

En una carretera secundaria, de esas que forman parte ya del paisaje, se alzan unos edificios de construcción triste y carteles con figuras de mujeres donde siempre hay algún coche aparcado. Ahí hay personas que viven en «situación de semiesclavitud y total sumisión», bajo la «imposición de trabajar sin descanso» y «siempre listas para satisfacer a los clientes», afirma el magistrado, que reconoce utilizar en su ponencia «una serie de eufemismos que disfrazan una realidad de miseria y degradación de la mujer, que pasa a ser objeto de mercancía». En el juicio, el fiscal hizo una pregunta sobre su voluntad de trabajar de prostituta, que una de las testigos respondió: «Sí, porque necesito trabajar para mandar dinero a mi país, como sea». No era el caso de la #9.

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