El SEPE avisa de los requisitos para cobrar la ayuda de 480 euros tras agotar el paro
Los solicitantes no pueden tener rentas que superen los 750 euros al mes para poder beneficiarse de esta ayuda
Alberto Flores
Granada
Jueves, 23 de marzo 2023, 09:53
El Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) ofrece a los ciudadanos españoles en situación de desempleo múltiples ayudas y complementos, así como diferentes oportunidades ... de trabajo. De hecho, el organismo avisó recientemente de las consecuencias de rechazar un empleo mientras se está cobrando el paro. Y ahora ha informado sobre un requisito muy relevante para los ciudadanos que hayan agotado el paro y quieran seguir cobrando una prestación.
Este aviso se dirige a los desempleados mayores de 45 años, que pueden acceder a diferentes subsidios una vez hayan agotado el paro. Unas ayudas que tienen una duración diferente en función de si hay o no cargas familiares y que cuentan con un requisito relativo a la renta de sus beneficiarios: no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, sus ingresos no pueden ser mayores a 810 euros al mes.
Una de las pagas más solicitadas por las personas mayores de 45 años tras agotar el paro es el conocido como 'subsidio por agotamiento de la prestación contributiva sin responsabilidades familiares'. Una ayuda de 480 euros mensuales que puede cobrarse durante seis meses. Y, en caso de tener familiares a cargo, el desempleado puede solicitar que la ayuda se prolongue más tiempo, llegando hasta los 21 meses si el trabajador había cotizado durante 6 o más meses.
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Renta Activa de Inserción
Otra de las ayudas que se pueden solicitar en esta situación es la Renta Activa de Inserción (RAI), una ayuda de carácter extraordinario dirigida a mayores de 45 años que lleven más de un año en paro. En este caso, si se cumplen con todos los requisitos, la duración de la ayuda puede ser de hasta 33 meses.
Para poder beneficiarse de esta ayuda hay que cumplir una serie de requisitos generales. Estos son ser menor de 65 años, no tener ingresos propios superiores a 750 euros mensuales y no haber sido beneficiario de tres programas de RAI con anterioridad.
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