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Requisitos del SEPE de la paga para mayores de 52 años fijos discontinuos

Requisitos del SEPE de la paga para mayores de 52 años fijos discontinuos

Se trata de un subsidio de 463 euros que, si se cumplen las condiciones establecidas, puede cobrarse hasta la edad mínima de jubilación

Alberto Flores

Granada

Jueves, 14 de abril 2022, 11:19

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Hasta hace un tiempo los trabajadores de tipo fijo discontinuo no tenían acceso a los subsidios para mayores de 52 años. Sin embargo, tras la modificación del artículo 277 de la Ley General de la Seguridad Social es algo que ha cambiado. Así que ahora es posible, gracias a la reforma laboral, que este tipo de trabajadores puedan solicitar estas ayudas para mayores, que tienen precisamente como objetivo ayudar a la gente que tiene más dificultades para ingresar en el mercado laboral antes de alcanzar la edad de jubilación.

Desde el pasado 2 de marzo de este 2022, los mayores de 52 años que cumplan con una serie de requisitos pueden cobrar las ayudas de desempleo para su franja de edad. Incluso los trabajadores fijos discontinuos. Los requisitos suelen ser prácticamente los mismos que para conseguir cobrar la jubilación, además de ser mayor de 52 años y no haber alcanzado la edad mínima de jubilado.

La mejor noticia para estas personas, además de poder cobrar esta ayuda de 463 euros al mes hasta la edad mínima de jubilación, es que se trata de un subsidio que cotiza de cara a la futura pensión de jubilado. Eso sí, como hemos comentado antes, no todos los mayores de 52 años tienen derecho a cobrar este subsidio.

Requisitos imprescindibles

En cuanto a los requisitos que se deben cumplir para acceder a la ayuda se encuentra el hecho de estar inscritos como demandantes de empleo durante un mínimo de un mes y ser desempleados. Además, es necesario haber cotizado un mínimo de seis años, cumplir con el compromiso de actividad y no recibir ingresos que superen el 75% del salario mínimo interprofesional.

A parte de todo lo mencionado, los solicitantes también deben haber agotado la prestación contributiva o el subsidio de desempleo. Por otra parte, quienes no tengan derecho a la prestación contributiva por no cotizar más de 12 meses, siempre que se hayan cotizado un mínimo de 3, después de haber cumplido una condena de privación de libertad superior a 6 meses o trabajado en el extranjero por 12 meses o más, también pueden solicitar esta ayuda.

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