Así se puede pasar de la jubilación parcial a la total
Los pensionistas deberán tener en cuenta desde qué supuesto acceden
IDEAL
Jueves, 3 de septiembre 2020, 11:28
Antes de cumplir la edad máxima de jubilación hay personas que ya no quieren seguir trabajando por diversos motivos. Porque el físico no les acompaña ... o porque ya quieren dedicar parte de su tiempo a otras tareas. Para esas personas existen dos opciones: jubilación anticipada o parcial. La anticipada no se puede tomar en todos los casos, pero la parcial sí es más accesible. Pero quienes optan por esta última pueden querer la total pasados unos años. Así pueden lograrla.
Para poder acceder a la jubilación total hace falta alcanzar la edad legal de jubilación que en 2027 alcanzará los 67 años y que hoy por hoy ya está en 65 años y 10 meses. Si ese requisito se cumple y ya no se quiere seguir cobrando una pensión y trabajando a la vez, existen dos escenarios desde los que se puede alcanzar la jubilación completa. Ambos dependerán de si ha habido un contrato de relevo o no.
Se conoce como contrato de relevo a la contratación que se hace de una persona desempleada que vaya a cubrir la jornada laboral que deja libre un jubilado parcial. Si existe dicho contrato, el jubilado que quiera acceder a su jubilación completa podrá hacerlo tomando como base reguladora el tiempo completo que pase entre la retirada parcial y la completa.
En el caso de que no exista un contrato de relevo tendrá la oportunidad de tomar dos caminos. O calcular su base reguladora en función de la cotización real durante el tiempo que estuvo como jubilado parcial o tomar la cotización que tenía acumulada en el momento en que se solicitó dicha jubilación parcial. En cualquier caso, es posible acceder a una retirada completa viniendo desde una parcial.
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