El documento que deben presentar los autónomos antes de que acabe el año
Se trata de un formulario que muchos negocios pequeños no pudieron completar para presentar junto a las cuentas del ejercicio de 2020
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Sábado, 11 de diciembre 2021, 10:29
La llegada de la pandemia trajo consigo muchos cambios tanto en la vida de los ciudadanos como en los trámites burocráticos. Pero, con la llegada ... progresiva de cierta normalidad, hay que regularizar la situación. El Gobierno español aprobó en agosto la ampliación del plazo que tienen los trabajadores autónomos para entregar la 'Hoja Covid-19', hasta el último día del año.
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Se trata de un formulario que muchos negocios pequeños no pudieron completar para presentar junto a las cuentas del ejercicio de 2020 antes de su fecha original, el 31 de julio, puesto que la obligación se impuso con muy poco tiempo para cumplirla. El ejecutivo pactó una extensión de la fecha tope con el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. El problema es que se acerca la fecha límite y hay muchos autónomos que no lo han presentado.
Esta 'Hoja Covid-19' contiene información que concierne principalmente a las acciones que tomaron los negocios a raíz de la pandemia del coronavirus, incluyendo la forma en que afectó la contabilidad y los mecanismos laborales y financieros. La información exigida entra en detalle sobre numerosos asuntos del negocio, por lo que un autónomo podría tardar en acumularla de manera exhaustiva, pero consiste principalmente en cuatro apartados que refieren directamente a los efectos de la pandemia:
-Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE): el interesado debe indicar si ha solicitado un ERTE y cuántos trabajadores resultaron afectados por el mismo.
-Créditos del Instituto de Crédito Oficial (ICO): se debe especificar si se han pedido préstamos con aval ICO y la cuantía solicitada
-Arrendamiento de inmuebles: si la sociedad tiene locales arrendados, deben aclarar si han concedido moratorias a sus inquilinos o si los han eximido de alguna mensualidad.
-Otras ayudas públicas: el trabajador con cuenta propia debe proporcionar los documentos que reflejen todos los demás tipos de ayudas públicas que pueden haber recibido del Gobierno central o de los autonómicos.
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