La nueva norma de adelantamiento de la DGT que está generando polémica
En carreteras convencionales estará prohibido sobrepasar el límite de velocidad para adelantar
Ideal
Domingo, 10 de enero 2021, 12:08
A finales de 2021 se aprobaron en el Consejo de Ministros una serie de reformas que modifican sustancialmente la legislación en materia de tráfico y ... circulación. Algunas de estas reformas, como la nueva normativa para los vehículos de movilidad personal (VMP), ya están en vigor. Sin embargo, las principales modificaciones forman parte de un anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Este anteproyecto ya ha sido aprobado en el Consejo de Ministros pero aún tiene que pasar por algunas fases más antes de su publicación y entrada en vigor.
A pesar de que aún no se ha aprobado, la DGT ha dado a conocer los cambios que introduce este anteproyecto de ley. Uno de ellos, relativo a los adelantamientos, ha causado cierta polémica entre los conductores. En concreto, la reforma suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Según la DGT, la supresión de esta medida, que ya ha sido eliminada en el resto de países de la Unión Europea, refuerza el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva riesgo de colisión frontal.
En un encuentro virtual con los conductores, el director general de Tráfico, Pere Navarro, explicó que se ha propuesto esta prohibición porque «casi el 80 % de los accidentes mortales se producen en carreteras secundarias. La gran mayoría, por salidas de la vía provocadas por excesos de velocidad y por distracciones». Según Navarro, permitir superar en 20 km/h el límite para adelantar incita a superar los límites de las vías. «Con esta limitación se adecúa la velocidad de estas vías a su capacidad de seguridad y se refuerza el mensaje de que adelantar conlleva un riesgo de colisión frontal de consecuencias más graves cuanto mayor sea la velocidad. Y las excepciones siempre dificultan la comunicación de que la velocidad es uno de los principales factores de riesgo», añadió Navarro.
De aprobarse esta reforma, adelantar superando el límite genérico de 90 km/h en carreteras convencionales sería objeto de sanción. Superar en 20 km/h el límite de velocidad está sancionado con una multa de 100 euros. En caso de que el exceso de velocidad sea mayor, las sanciones pueden ir desde los 300 hasta los 600 euros de multa, que va acompañada de la retirada de 2, 4 o 6 puntos del carné.
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