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Ángel Boza sale de los juzgados de Sevilla. AFP
Los tres de 'La Manada' que robaron gafas, condenados a una multa de 810 euros

Los tres de 'La Manada' que robaron gafas, condenados a una multa de 810 euros

El juzgado de lo Penal numero 3 considera que cometieron un delito leve de hurto, como sostuvo su abogado

Javier Peñalba

San Sebastián

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Jueves, 19 de septiembre 2019, 11:59

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Los tres miembros de 'La Manada' que el pasado día 10 fueron juzgados en San Sebastián por sustraer unas gafas de un óptica de la capital guipuzcoana han sido condenados a abonar una multa de 270 euros cada uno, 810 en total. Así se recoge en el fallo dictado por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 3 de San Sebastián que estima que los acusados son autores de un delito leve de hurto, como sostuvo su a abogado durante la vista. La resolución precisa asimismo que los encausados, José Ángel Prenda, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero deben abonar 125 euros a la titular del negocio en concepto de responsabilidad civil. También les sentencia a abonar la costas procesales.

Los tres miembros de 'La Manada', además, deberán entregar las gafas que se encuentran en depósito a la propietaria de la óptica donostiarra donde se produjo la sustracción, a la que deberán indemnizar con esos 125 euros y con 82 más en el caso de que las gafas no sean aptas para la venta.

Según la sentencia, no ha resultado acreditado que el precio de venta al público de las gafas sustraídas fuera superior a 400 euros, por lo que no han sido condenados por un delito de hurto que conlleva penas mayores.

El proceso, que el día señalado para la vista despertó un inusitado interés mediático, tuvo su origen en unos hechos que tuvieron lugar el 5 de julio de 2016, dos días antes de que los cinco sevillanos violasen a la joven madrileña la madrugada de la festividad de San Fermín. Aquel día, Prenda, Boza y Guerrero accedieron a una óptica de San Sebastián de la que sustrajeron varias gafas.

El día de la vista, ninguno de los tres sevillanos se sentó en el banquillo de la sala de vistas. Declararon a través de videoconferencia desde los centros penitenciarios en los que actualmente cumplen la pena por la violación grupal. José Ángel Prenda declaró desde la cárcel de Puerto de Santamaría III, Ángel Boza desde la penitenciaría Albolote de Granada y el exguardia civil Antonio Manuel Guerrero desde la de Sevilla. Los tres reconocieron haberse llevado las gafas sin haber abonado importe alguno. No obstante, rechazaron que hubiesen planificado de forma conjunta su acción, como mantuvo la Fiscalía.

La titular del establecimiento cifró en cinco las gafas que le fueron sustraídas y rechazó que fueran tres como mantuvo la defensa de los investigados. Asimismo, la dueña cuantificó en 865 euros el precio de los elementos que le fueron hurtados, lo que también fue rechazado por el letrado defensor. El abogado llegó a acusar a la propietaria del negocio de «faltar a la verdad» y de haber desarrollado una «estrategia» que le llevó a presentar una denuncia «veintitantos» días después de los hechos, para que el seguro le abonara el importe de cinco gafas en lugar de tres.

Valor de las gafas

El valor total de estos artículos era clave en la determinación del delito, ya que si excedía de 400 euros, los investigados podrían ser considerados autores de un delito de hurto, en tanto que si no superaba dicha cifra solo podrían ser condenados por un «delito leve», lo que antiguamente era una falta, que se resolvería con una multa.

Al final, la magistrada María José Ezeiza, autora de la sentencia, da la razón a la defensa y estima que el valor de los objetos que los acusados se llevaron del establecimiento no superó el límite de los 400 euros, por lo que les impone a los tres una pena de multa por delito leve.

El día del juicio, el ministerio público solicitó nueve meses de cárcel para Prenda y Boza, y rebajó su demanda hasta los seis meses de prisión para el exguardia civil. A este último le aplicó la atenuante de reparación del daño causado, ya que devolvió el artículo sustraído al comercio.

Agustín Martínez, por su parte, abogado de los encausados, el mismo que les defendió por la violación de Pamplona, demandó la «pena mínima» –una multa de 75 euros– y solicitó la aplicación también de la atenuante de «reparación del daño» para Prenda y Boza, después de que acreditara el ingreso en la cuenta judicial del importe de las gafas que robaron. Con anterioridad, el letrado había solicitado el sobreseimiento de la causa ya que, según afirmó, la Fiscalía formuló su escrito de calificación fuera de plazo, demanda que ha sido desestimada por la magistrada.

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de San Sebastián no es firme y, por lo tanto, puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial. No obstante, a la vista del contenido de la resolución y la cuantía a abonar, no parece que ninguna de las partes vaya a hacerlo.

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