La multa por dejar a tu perro en la puerta del supermercado con la Ley de Bienestar Animal
La normativa, que entra en vigor este viernes, establece como infracción dejar a las mascotas atadas sin supervisión en espacios públicos
Alberto Flores
Granada
Martes, 10 de octubre 2023, 09:58
La Ley de Bienestar Animal entra en vigor hoy, por lo que desde este viernes hay un nuevo marco legal que llega cargado de ... nuevas obligaciones y deberes para todos los ciudadanos que tengan animales a cargo. A partir de ahora los dueños de perros tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil para estos animales. Y también hay nuevas prohibiciones que en caso de no respetar pueden derivar en una sanción económica.
Una de esas prohibiciones tiene que ver con dejar atado al perro, o cualquier otra mascota, en la puerta de un establecimiento, como un supermercado, mientras el dueño entra para hacer la compra. Con la entrada en vigor de la nueva normativa, esto pasa a estar prohibido, tal y como se especifica en el apartado D del artículo 27, que prohíbe de manera expresa mantener a los animales «atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento».
En caso de incumplir esta norma, así como cualquier otra que aparezca en la nueva legislación, la situación derivará en una serie de sanciones que están recogidas en el nuevo marco legal. En función del grado de la infracción cometida, la sanción será de mayor o menor cuantía. Por ejemplo, una infracción leve, como la de dejar al perro atado en la puerta del supermercado, puede ser sancionada con una multa entre 500 y 10.000 euros.
La nueva ley contempla tres tipos de sanciones:
• Infracciones leves: apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.
• Infracciones graves: multa de 10.001 a 50.000 euros.
• Infracciones muy graves: multa de 50.001 a 200.000 euros.
¿Quiénes pondrán las multas de la Ley de Bienestar Animal?
Tal y como indica el Capítulo VI 'Colaboración entre administraciones públicas' de la nueva ley, en su artículo 20, tanto el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, como los órganos competentes del Cuerpo de la Policía Nacional, Cuerpos de Policías autonómicas y locales, así como los agentes forestales, serán los encargados de realizar las actuaciones relativas al control, inspección y demás medidas relativas a la Ley de Bienestar Animal.
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