Consulta el mensaje de la Seguridad Social a padres con hijos de menos de 26 años
Cuando los padres quieran volver a tener a los hijos como beneficiarios en la Seguridad Social después de haber estado como titular, deben llevar a cabo una serie de pasos
C. Á.
Miércoles, 16 de agosto 2023, 12:20
En materia de trámites, gestiones y ayuds hay novedades importantes a la vista. La Seguridad Social ha lanzado un mensaje a los padres con hijos ... menores de 26 años. El organismo es el encargado de garantizar que todos los españoles tengan acceso a una sanidad pública. La Atención Ciudadana del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aclarado una situación que les afecta.
La duda se plantea cuando el hijo menor de 26 años deja de ser beneficiario de la Seguridad Social de los padres al iniciar un trabajo, pero deja de trabajar. Según la Ley General de la Seguridad Social, los hijos menores de 26 años que no se encuentren de forma activa en el mercado laboral estarán dados de alta en los centros autonómicos de salud en un alta conjunta de la familia. Cuando los hijos entre 16 y 26 años se incorporan al mundo laboral, comienza un alta individual para los servicios sanitarios.
La respuesta de la Seguridad Social apunta que «si la persona continúa viviendo contigo y a tu cargo, puede volver a tener asistencia sanitaria como beneficiario de la familia». Eso quiere decir que cuando el hijo menor de 26 deje de estar activo en el mundo laboral aparecerá dado de alta como beneficiario de la familia conjunta y no de forma individual.
La única diferencia con los usuarios dados de alta de forma individual radica en si el hijo está dado de alta de forma conjunta, es decir, si aparece como beneficiario o como titular.
Cuando los padres quieran volver a tener a los hijos como beneficiarios en la Seguridad Social después de haber estado como titular, deben llevar a cabo una serie de pasos. El primero es acceder a la sede electrónica del Servicio Público o al portal 'Tu Seguridad Social'. Una vez dentro hay que identificarse con alguna de estas herramientas: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ave Pin. Después ya nos aparecerá la opción de volver a incluir a un beneficiario anterior.
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