Mensaje de Caixabank a los clientes que tienen una cuenta en el banco
Resaltan las diferencias entre titular o autorizado de una cuenta bancaria
D. C.
Jueves, 27 de abril 2023, 12:09
La entidad bancaria CaixaBank ha publicado un mensaje dirigido a sus clientes acerca de la responsabilidad que se tiene sobre una cuenta bancaria. En ... su comunicado aclaran si es necesario incluir a otra persona como cotitular o autorizado y explican precisamente la diferencia entre titular y autorizado para «no dudar a la hora de crear una cuenta conjunta en CaixaBank u otra entidad».
De acuerdo con CaixaBank, el titular es quien firma el contrato con el banco, el propietario de los fondos que estén depositados en la cuenta y el deudor en el caso de que se haya realizado una operación de préstamo. También es a quien le afectan las obligaciones fiscales. Es posible que en una misma cuenta haya varios titulares, llamados cotitulares. El cotitular de una cuenta bancaria tiene los mismos derechos y obligaciones que el titular.
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Tipos de cuenta
Existen diferentes tipos de cuentas con cotitulares. En cada caso, el contrato debe establecer la forma de disponer del dinero:
Cuenta con titularidad indistinta o solidaria: cualquiera de los titulares puede disponer del dinero por su cuenta sin necesidad de la autorización del resto, por lo que la propiedad de los fondos es compartida.
Cuenta con titularidad conjunta o mancomunada: se necesita la autorización de todos o un número de ellos para la retirada de dinero o disposición del saldo.
Cuenta con titularidad subordinada: este tipo de cuenta es usada por familias y empresas por su disposición de niveles de titularidad. Existen titulares de nivel superior y titulares subordinados, los cuales dependen del permiso de los titulares superiores para operar.
Autorizados en cuenta
Una persona autorizada es aquella a la que el titular nombra para que disponga del dinero en su nombre. Sin embargo, debes tener claro que si eres la persona autorizada no eres realmente el propietario de los fondos, por lo que tampoco tendrás ningún tipo de repercusión fiscal.
Si eres autorizado, podrás disponer del saldo de la cuenta, para lo cual podrás firmar reintegros y talones y hacer transferencias. También puedes realizar solicitud de información sin contar con el titular. Lo que no podrás hacer es solicitar a tu nombre tarjetas de débito o crédito ni cancelar ningún tipo de producto del titular. Tampoco puedes modificar las condiciones de la cuenta, solicitar su bloqueo o realizar disposiciones de esta después del fallecimiento del titular.
A efectos prácticos, cuando el titular de una cuenta bancaria fallece, sus herederos lo suceden en sus derechos y obligaciones y es necesario comunicárselo a la entidad correspondiente a través del certificado de defunción. Cuando esto ocurre, el dinero que haya en ese momento en la cuenta quedará inmovilizado hasta el mismo momento en el que la herencia se ejecute.
No obstante, si la cuenta es indistinta, el resto de los titulares podrán seguir disponiendo del dinero. En el caso de tener una cuenta mancomunada en CaixaBank u otra entidad bancaria, si uno de los titulares fallece, los demás necesitarán del consentimiento de los herederos para poder disponer del dinero.
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