Todo sobre las limitaciones de los drones de la DGT: ¿pueden multar por exceso de velocidad?
El pasado 1 de agosto, los drones de la DGT empezaron a multar a aquellos conductores que cometen determinadas infracciones
a.o.
GRANADA
Domingo, 8 de septiembre 2019, 13:16
Tras varios meses en pruebas, los 11 drones de la Dirección General de Tráfico para intensificar el control de las carreteras españolas empezaron a multar el día 1 de agosto ... a aquellos conductores que cometen infracciones como saltarse un stop o tirar una colilla por la ventana. Estos dispositivos, sin embargo, tienen ciertas limitaciones. No pueden, por ejemplo, sancionar a infractores que excedan el límite de velocidad permitida.
Esta limitación viene motivada por el hecho de que los drones no pueden cargar con un cinemómetro para medir la velocidad de los vehículos, como los instalados en los radares fijos y móviles. Aunque los nuevos dispositivos son capaces de captar infracciones muy precisas, debido a la cámara z30 con zoom 30x que llevan instalada, los drones no son capaces de medir la velocidad.
Según los expertos, esto no sería posible ni siquiera con un GPS, ya que para ello requieren una estabilidad y la precisión de los GPS no es apta para este tipo de usos. Harían falta, al parecer, cinco mediciones para realizar un registro válido. Además, los drones no superan los 120 metros de altura, tienen un radio de acción de unos 500 metros y una velocidad máxima de entre 61 y 82 kilómetros por hora, unas limitaciones que los incapacitan para multar por exceso de velocidad.
Por otro lado, el hecho de que los drones sean vehículos aéreos no tripulados podría motivar conflictos legales a la hora de recurrir las sanciones. Y es que, tal y como informa Automovilistas Europeos Asociados, las multas podrían no ser válidas, al no ser observadas directamente por agentes de la Guardia Civil. Algo a lo que se le suma la posible invasión de la privacidad e intimidad de las personas.
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