El error en la Renta con el que puedes perder más de 400 euros
La precipitación a la hora de entregar el borrador podría provocar una pérdida económica al contribuyente
IDEAL
Miércoles, 1 de junio 2022, 10:51
El pasado mes de abril arrancó la campaña de la declaración de la Renta 2021. Concretamente, empezó el miércoles 6 de abril de manera ... online y una semana más tarde presencialmente. A la hora de entregar el borrador, el contribuyente debe tener cuidado para no cometer ciertos fallos que implican la pérdida de dinero. Hacienda ha alertado de ello, especialmente sobre un error que puede conllevar la pérdida de más de 400 euros.
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En relación a este error, el presidente de Técnicos de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, avisó del error más habitual a la hora de realizar la declaración de la Renta: la prisa. Cuando el contribuyente comprueba que su borrador le sale a devolver se apresura sin demora a hacer efectiva su entrega. «Es un error básico, pues se pueden perder las deducciones como consecuencia de no darle un rato al borrador», explicó.
De hecho, tal y como aseguran desde la plataforma de declaración de la renta de TaxDown, el no comprobar el borrador de la Renta es algo más común de lo esperado, ya que hasta un 32% de los usuarios acepta dicho documento sin revisarlo detenidamente.
Cabe destacar que la Agencia Tributaria cuenta con un simulador donde poder obtener una previsión del resultado del borrador del último curso económico. El sistema no requiere ni identificación personal ni datos fiscales. Eso sí, la Agencia Tributaria advierte de que los cálculos que se efectúen desde esta aplicación no son vinculantes, es decir, no tienen carácter oficial, simplemente son orientativos.
Errores con los ERTE
La duda más común es sobre cómo afectarán los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo ( ERTE) a la tributación crecen entre la población. Sobre todo entre aquellos trabajadores a los que se les ha aplicado un ERTE parcial con reducción de jornada, que han contado durante el ejercicio con dos pagadores.
En estos casos, es importante tener claro que una parte del salario lo paga la empresa, con su correspondiente retención del IRPF, y la otra el SEPE, con una retención mínima. La cantidad total tributa como renta de trabajo por lo que, si se superan los 14.000 euros entre el salario percibido y la ayuda del SEPE durante el tiempo que dure el ERTE, existirá obligación de realizar la Declaración de la Renta.
El hecho de recibir una parte del salario directamente de las administraciones públicas hace que algunas personas pierdan el derecho a ciertas deducciones autonómicas, lo que puede traducirse en una pérdida de más de 400 euros, dado que este tipo de deducciones, como la del alquiler por vivienda habitual en Andalucía, están entre las más solicitadas.
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