Esto dice el Banco de España sobre las comisiones por ingresos en cuenta ajena
La entidad aclara una de las dudas más recurrentes de los ciudadanos y explica cuál debe ser la conducta de los bancos
daniela londoño
Sábado, 31 de diciembre 2022, 12:47
¿Alguna vez has acudido a un banco para hacer un ingreso en una cuenta de amigo, socio o familiar y te han cobrado una ... comisión por hacerlo? Esta se ha convertido en una situación bastante habitual. ¿Pero, pueden cobrar los bancos una comisión por esta operación? De acuerdo con el Banco de España, las entidades financieras no pueden aplicar una tasa por este tipo de ingresos.
De acuerdo con el organismo, cuando ingresas dinero en efectivo en una cuenta que no es de tu titularidad, este servicio debe considerarse como de caja. Esto es, un servicio inherente al contrato de cuenta, por lo que no puede ser cobrado de forma independiente. Más bien, es algo que se puede retribuir a través de las comisiones de mantenimiento de cuenta que se suelen cobrar a los titulares de la cuenta. Pero no una comisión que deba asumir quien hace el ingreso.
De este modo, el Banco de España aclara rotundamente, los bancos no pueden cobrar comisión alguna por ingresos en efectivo en cuenta ajena. Esta medida está además aparada en una sentencia del Tribunal supremo. Hablamos de la sentencia n° 328/2022 de la Sala Civil, promulgada el 26 de abril.
De acuerdo con el Tribunal, se declara como nulo el cobro de este tipo de comisiones realizado en cuenta ajena por terceros involucrados. Por lo tanto, se prohíbe legalmente a los bancos efectuar este cobro, y si un ciudadano es objeto de él, podrá recurrir el hecho ante las autoridades financieras o legales correspondientes.
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