Las deducciones de los autónomos que Hacienda acepta en la declaración del IVA
Estos profesionales pueden deducir los costes de diversas actividades o bienes de la empresa
IDEAL
Jueves, 20 de enero 2022, 13:08
El plazo para completar la última declaración de IVA del ejercicio anterior se le va agotando a los autónomos. Coincidiendo con la famosa 'cuesta de ... enero', el próximo 31 de enero será el último día habilitado para presentar el borrador de octubre, noviembre y diciembre de 2021, en el que muchos autónomos esperan poder incluir diversos gastos como deducciones para lograr una liquidación más holgada.
El problema es que Hacienda, que ha recordado una cuantiosa multa por pagar con dinero en efectivo, mira con lupa estas deducciones y suele rechazar una gran cantidad, generando más gastos para los autónomos. Por este motivo, los autónomos deben afinar su puntería al rellenar el apartado de gastos deducibles en su declaración.
Los gastos que la Agencia Tributaria suele aceptar como deducibles son aquellos relacionados con la actividad laboral del autónomo de manera directa. Por ejemplo, una tienda de ropa podrá deducir los gastos que atañen a los productos adquiridos para su puesta posterior a la venta. Además, también entran en esta categoría los productos que adquiere el autónomo útiles para su negocio. Es el caso de ordeandores, estanterías, mostradores...
Otro gasto deducible en la declaración del IVA son los de servicios profesionales de gestoría o asesoría. Si el autónomo cuenta con la contratación de un gestor o asesor para controlar su contabilidad o ha necesitado de unos servicios de otro profesional externo para el desarrollo de la actividad, podrá deducir el importe de las facturas correspondientes en la declaración trimestral.
Los gastos de manutención también se pueden incluir en este apartado de deducciones de IVA, siempre y cuando se realicen en establecimientos de hostelería y restauración, se paguen con tarjeta y se conserve el ticket.
Otros gastos deducibles
La asistencia a ferias de trabajo, la compra de vehículos, los gastos de internet y teléfono fijo en la oficina, o la inscripción en revistas profesionales o de formación también podrá figurar en las deducciones de la declaración del IVA.
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