Edición

Borrar
Retirada de dinero del banco. IDEAL
Bancos y dinero: Las cuentas bancarias que puede requisar el Estado para quedarse el dinero: casos y condiciones
Bancos y dinero

Las cuentas bancarias que puede requisar el Estado para quedarse el dinero: casos y condiciones

Así lo indica la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, que es la encargada de regular este tipo de prácticas

IDEAL

Lunes, 18 de octubre 2021, 11:36

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Aunque la mayoría de ciudadanos lo desconoce, lo cierto es que el Estado tiene potestad para intervenir una cuenta bancaria y quedarse con el dinero que hay en ella. Eso sí, tienen que darse unos requisitos muy específicos para que esto ocurra. Los casos en los que el Estado puede intervenir para quedarse el dinero se ajustan principalmente a las cuentas en desuso, por lo que si tienes alguna cuenta con ahorros totalmente parada desde hace tiempo, es importante revisar la situación para evitar sorpresas desagradables.

La condición principal para que el Estado intervenga una cuenta es que esté abandonada. Para que se cumpla este requisito deben haber pasado veinte años desde que se realizó la última gestión con ella. Es decir, el Estado puede requisar toda cuenta bancaria que no se haya usado en veinte años.

De este modo lo indica la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, que es la encargada de regular este tipo de prácticas. El motivo es que se trata de un bien sin dueño conocido, por lo que el Estado tiene la posibilidad de beneficiarse de dichos recursos.

No obstante, cabe destacar que el Estado no puede darle un uso cualquiera al dinero que haya en la cuenta. Esta cantidad debe ser utilizada para financiar programas de inclusión para personas con discapacidad. Además, el proceso que se sigue para requisar una cuenta debe dar una serie de pasos que también están contemplados por la ley.

Cómo evitar la intervención

De acuerdo con el Banco de España, cuando los veinte años estén cerca de pasar, es necesario que la entidad bancaria compruebe que no se ha producido ninguna gestión. Estas cuentas abandonadas también se conocen como cuentas en presunción de abandono, y basta con que su titular haga un movimiento cualquiera para que ya no se consideren como tal.

Otro paso obligatorio es que el titular debe recibir una notificación por parte del banco que advierta sobre el abandono de su cuenta bancaria. Esto se hace tres meses antes de cumplir el plazo de veinte años. Si el titular de la cuenta no responde o lo hace dando su permiso para que esta sea requisada, el Estado podrá disponer de sus fondos desde el mismo día en el que se llega a los veinte años de abandono.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios