La ayuda de 525 euros que algunos pensionistas pueden recibir
El objetivo de la ayuda es brindar apoyo económico para facilitar el pago del alquiler de la vivienda a este colectivo
L. V.
Viernes, 18 de agosto 2023, 10:56
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha anunciado una nueva ayuda que desahogará económicamente a muchos pensionistas. En concreto, se trata de una ... ayuda de 525 euros para los beneficiarios de una pensión de tipo no contributiva de jubilación o invalidez, que tiene por objetivo ayudar a estos pensionistas a sufragar los gastos relativos al alquiler de la vivienda en la que residen.
Estos pensionistas no cotizaron lo suficiente durante su vida laboral, por lo que la paga que reciben cada mes es bastante más baja que la de los pensionistas de la modalidad contributiva. En este caso la cuantía que reciben prácticamente no llega al 50% del Salario Mínimo Interprofesional, lo que dificulta que este colectivo pueda hacer frente a los gastos que supone el alquiler de una vivienda.
Eso sí, no todos los pensionistas de este tipo tienen derecho a percibir la ayuda para el alquiler. El Imserso destaca que para conseguir la ayuda de 525 euros es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- No tener ninguna vivienda en propiedad.
- Ser titular del contrato de alquiler.
- No tener ninguna relación conyugal o de parentesco hasta tercer grado con el arrendador.
- La vivienda alquilada debe ser el domicilio habitual del pensionista y el contrato debe durar como mínimo 1 año.
- Si en la misma vivienda viven dos personas que cobran una pensión no contributiva, solo podrá beneficiarse de esta ayuda una de ellas.
Cómo solicitarla
El plazo para solicitar el cobro de esta prestación estará disponible hasta el 31 de diciembre, aunque se prevé que pueda prorrogarse también durante el próximo año. Para realizar el trámite, que puede hacerse de forma telemática o presencial, solo hay que rellenar una solicitud que puede variar en función de la comunidad autónoma a la que pertenezca el solicitante.
En la misma será necesario aportar el certificado catastral para demostrar que no se posee ninguna vivienda, una fotocopia del contrato de alquiler, el certificado de empadronamiento y la declaración del pensionista asegurando que la vivienda no es de ningún familiar de hasta tercer grado de parentesco.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión