La DGT alerta de la multa de hasta 1.000 euros a los padres de los conductores de patinetes menores
Los progenitores son los que deben hacer frente a las infracciones de sus hijos
ideal
Martes, 12 de abril 2022, 11:57
La Dirección General de Tráfico (DGT), que señala las multas por conducir con ciertas enfermedades, cuenta desde hace tiempo con una normativa que ... regula el uso de los patinetes eléctricos. Una reglamentación que seguirá recibiendo actualizaciones en los próximos años, según ha advertido Pere Navarro, director general de Tráfico. Para el futuro está prevista una nueva normativa que regule más aspectos como la edad para conducirlos, el uso de casco o chalecos reflectantes.
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La DGT señala que en los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.
Según expone la DGT:
Vehículos: Los patinetes y VMP (con una o más ruedas y una única plaza) son definidos y considerados vehículos a todos los efectos, por lo que estarán obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos (alcohol, drogas, etc.). Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.
Con la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, los menores de 18 años no pueden conducir si han consumido alcohol y la tasa de alcohol en sangre o aire espirado es de 0,0. Esta norma afecta a los conductores menores de edad de cualquier vehículo, entre ellos los patinetes eléctricos de cualquier tipo. Las multas por conducir bajo los efectos del alchol pueden ser de 500 o 1.000 euros (en función de la tasa). Si se detecta el consumo de drogas en el organismo la sanción también asciende a 1.000 euros.
También está prohibido conducir haciendo uso del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La multa es de 200 euros y la pérdida de tres puntos del permiso de conducir, en el caso de ser mayor de edad y poseer licencia de conducción. Los conductores de VMP también tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Se les denunciará por este precepto con 200 euros.
Prohibidos patinetes: Los patinetes deben circular entre 6 y 25 km/h y nunca podrán hacerlo por las aceras, de lo contrario se exponen a una sanción de 200 euros. También tendrán prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. La sanción por superar esa velocidad es de 500 euros e inmovilización del vehículo.
En los casos de infracciones cometidas por #conductores de #VMP , como un #patinete , menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) April 6, 2022
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Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente sólo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 euros de multa. Se considerará conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes. La sanción correspondiente es de 200 euros.
Certificado: Los VMP o vehículos de movilidad personal van a necesitar un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos que se incluirán en el manual de características que próximamente recogerá una resolución de la Dirección General de Tráfico. Este certificado será obligatorio dos años después desde que se publique la citada resolución.
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