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Miércoles, 16 de mayo 2018, 01:40
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Gracias a las redes sociales, en los últimos tiempos se han venido denunciando distintos casos de cobros abusivos en restaurantes, por suplementos que el cliente nunca pidió o por precios desorbitados. No obstante, en muchos de esos casos el local actúa de forma legal, aunque a ojos del comensal resulte una estafa en toda regla.
Ante la confusión que puede provocar este tipo de abusos, distintas organizaciones de consumidores despejan algunas dudas sobre qué pueden y qué no pueden cobrar los restaurantes.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) explica que en España existe una ley, por la que el empresario tiene libertad de fijación de precios, aunque su obligación es informar al consumidor de los conceptos que le va a cobrar. Es por eso que, si el cliente no rechaza un suplemento que no ha pedido, es totalmente legal incluirlo en la cuenta, siempre y cuando esté indicado en la lista de precios.
Cuando un cliente pide un vaso de agua, por ejemplo, puede cobrársele si su precio está reflejado en la lista del establecimiento. En algunas comunidades autónomas, no obstante, se están implantando distintas normativas para que el agua potable no envasada sea puesto a disposición de los clientes sin coste alguno.
En cuanto a los sobres de azúcar, sólo se podrán cobrar aquellos azucarillos que pidamos de forma extraordinaria, ya que el precio del café incluye el azúcar, el vaso, la leche y el plato, según asegura FACUA.
El pan es otro de los suplementos que suelen aparecer en la cuenta y que generan dudas sobre su legalidad. Según FACUA, es completamente legal que cobren el pan y que, además, el precio se incremente si pedimos que nos lo repongan. «Suelen incluir en la cuenta una cantidad por cada persona, salvo que indiques que no lo quieres, y no descartes que el precio aumente si se acaba y pides más», explican desde FACUA.
Los bares y restaurantes nunca deben cobrarse, a no ser que ofrezcan también una opción de autoservicio. Este coste siempre debe ir incluido en los precios de los productos.
También debemos tener cuidado cuando nos ofrecen productos fuera de carta, ya que si no aparece en la lista de precios pueden aprovechar para cobrar más de la cuenta. Si se trata de una cantidad abusiva que no está incluida en la lista del establecimiento, siempre puedes negarte a pagarla.
Al consumidor siempre se le debe ofrecer el precio final del producto, por lo que es ilegal ofrecer unos precios sin IVA.
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Sara I. Belled y Álex Sánchez
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