Renta 2016-2017: cómo usar Renta WEB para pedir el borrador de la Declaración en la Agencia Tributaria
Este año, para agilizar y facilitar el proceso a los contribuyentes, se han incluido algunas modificaciones
ideal.es
Miércoles, 5 de abril 2017, 10:32
Desde el pasado 5 abril, hace justo una semana, es posible realizar la Declaración de la Renta y solicitar el borrador de manera oficial. ... El programa Renta WEB está suponiendo la novedad de la campaña de este año, ya que el clásico Programa PADRE queda atrás desde este momento. Acaba de abrirse el plazo. Ya es posible realizar la Declaración Renta 2016-2017, debido a que el día de hoy, miércoles 5 de abril, está considerado como la primera jornada para solicitar el borrador de la Agencia Tributaria (AEAT). Este proceso puede hacerse entrando en la página web de la Agencia Tributaria y acudiendo al apartado 'Renta', para posteriormente obtener el número de referencia con el que podremos acceder al citado borrador, paso previo para validar nuestra declaración.
De esta forma, hoy arranca la campaña de la Renta 2016 con algunas novedades que debes conocer para realizar la declaración correctamente. Estas modificaciones, pretenden agilizar y facilitar el proceso a los contribuyentes a la hora de realizar su Declaración de la Renta.
Desaparece el programa PADRE
La principal novedad es la sustitución del programa PADRE por Renta Web, que nació para situaciones especiales, pero que a partir de ahora permitirá realizar todas las declaraciones de forma telemática. Esta aplicación se podrá utilizar tanto en ordenadores como en tabletas y móviles y para acceder a ella será necesario identificarse en la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante el DNI, la clave y el número de referencia.
Aquellas personas que ya utilizaron Renta WEB el pasado año podrán seguir recibiendo la declaración por vía postal durante todo el mes de mayo.
Se podrá rectificar
Otra novedad importante es que este año se podrá rectificar la autoliquidación, es decir, si se ha cometido un error o ha olvidado incluir algunas deducciones por desconocimiento, se podrá activar la casilla 127 y solicitar la rectificación, a cuyo formulario se deberá incluir la documentación que la justifique.
Cláusulas suelo
Los ingresos por la devolución de lo cobrado indebidamente por los bancos a través de las cláusulas suelo o los intereses indemnizatorios no se sumarán a la base imponible del IRPF. Sin embargo, el contribuyente no contará con esta ventaja si se benefició, en su momento, de la deducción por vivienda habitual o deducciones autonómicas.
Plazos para realizar la Declaración de la Renta
5 de abril: arranca la campaña
A partir de hoy, ya se pueden realizar consultas, obtener el número de referencia del borrador y confirmarlo a través de Internet para iniciar la campaña de la Declaración de la Renta.
4 de mayo: cita previa
Desde esta fecha y hasta el 29 de mayo se podrá pedir cita para realizar las consultas pertinentes en cualquier delegación de hacienda, a través de la web de la Agencia Tributaria o de los números de teléfono 901 22 33 44 y 91 553 00 71, llamando de 9:00 a 19:00 horas.
11 de mayo: presentación presencial
A partir de este día y hasta el 30 de mayo será posible acudir a las oficinas de Hacienda y otras colaboradoras para modificar y presentar los borradores de forma presencial, aunque será necesario pedir cita previa. Los contribuyentes que necesiten cita para confeccionar y presentar la declaración podrán hacerlo desde el 4 de mayo hasta el 29 de junio, en los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71.
30 de junio: finaliza la campaña de la renta
Este será el último día para presentar tanto declaraciones como borradores, aunque los contribuyentes a los que les haya salido a pagar y que quieran realizar el pago mediante domiciliación, el plazo acabará el 26 de junio.
6 de noviembre: pagos fraccionados
Los que, por el contrario, prefieran realizar el pago fraccionado, deben tener en cuenta que el 6 de noviembre será el último día para realizar el segundo pago.
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