Cómo hacer el borrador de la declaración de la Renta en AEAT y 'Renta Web' (plazos y cita previa)
Consulta todos los pasos a seguir para poder hacer tu declaración a través de Internet
ideal.es
Martes, 26 de abril 2016, 17:34
Pedir cita previa para realizar la declaración de la Renta es una de las mayores demandas de los ciudadanos en Internet. Por ello, a través ... de esta información, te detallamos cómo cumplimentar el trámite con la Agencia Tributaria lo más pronto posible. Esta tarea la podemos conseguir realizando el borrador de la declaración de la Renta 2015 mediante el proceso para el cual se abrió el plazo el pasado día 6 de abril de 2016, y el cual se extenderá hasta el próximo 30 de junio. Aquellos que deseen presentar la declaración de forma presencial tendrán que esperar al día 10 de mayo. Como novedad cabe destacar que este año la AEAT ha lanzado el programa Renta Web que sustituye al programa PADRE y que no requerirá descarga alguna. ¿Cómo podemos adquirir y confirmar el borrador? Aquí te lo detallamos con sus correspondientes fechas y plazos establecidos para que hagas tu declaración de la Renta correspondiente al curso 2015.
Al Renta Web se entra desde el portal electrónico de la AEAT. Accedes por el icono Servicio de tramitación borrador / declaración siempre que se posea certificado electrónico o DNI electrónico, con clave PIN o con un número de referencia que se puede solicitar a través de SMS.
También se puede buscar la casilla 490 de la Renta 2014 la cual contiene la base liquidable general sometida a gravamen. Se debe introducir en el apartado RENO junto al Número de Identificación Fiscal (NIF), el importe que aparezca en esa casilla. Ya con el número de referencia, se puede acceder a sus datos fiscales.
Renta Web les redirigirá al cuadro de resultados donde se puede ver ese borrador que no es otra cosa que la propuesta de declaración. Sólo aquellos contribuyentes que declaran renta de actividades económicas no tendrán esta opción. Toda la información se guardará en el servidor de la Agencia Tributaria.
El borrador de la declaración de la Renta 2015 se podrá confirmar por teléfono al 901-200-345 siempre aportando el DNI y el número de referencia. Para solicitar asistencia puede hacerlo en ese teléfono de lunes a viernes de 9 a 21 horas. Para ampliar información se puede hacer a través del 901 335 533 de lunes a viernes de 9 a 19 horas.
Fechas y plazos:
A partir del 6 de abril se podrá solicitar el borrador y confirmarlo a través de Internet así como las declaraciones de renta y patrimonio de 2015.
Desde el 10 de mayo se podrá presentar la declaración de la renta de forma presencial en todas aquellas entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la Agencia Tributaria del borrador y la declaración anual. Cabe destacar que en este aspecto aún se desconoce, pero en otros años la fecha coincide con el arranque de la petición para la cita previa a fin de confeccionar la renta.
Hasta el 25 de junio se podrá presentar el borrador y declaración de la renta con resultado a ingresar siempre con domiciliación bancaria, y como se hacía referencia con anterioridad, hasta el 30 de junio se puede proceder a la presentación de la renta 2015 en todas sus versiones salvo en la anteriormente citada. Vencerá el plazo también para todos aquellos trabajadores sujetos al régimen especial de tributación por IRPF para trabajadores desplazados.
¿Cuándo confirmar el borrador?
Después de obtener el documento hay que revisar que todos los datos sean correctos. Si les sale devolver o si va a domiciliar el pago debe comprobar que el número de cuenta es correcto para evitar retrasos. Recuerde que cualquier dato o información ausente en la base de datos estará ausente de la declaración.
Tras la verificación, según el portal Finanzas.com, el contribuyente puede confirmar adquiriendo desde ese momento la consideración de declaración de Renta del ejercicio. Lo puede hacer en la web pinchando en confirmar el borrador, por mensaje de texto, por teléfono y en cajeros automáticos de entidades colaboradoras. Si desea hacerla de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria deberá solicitar la cita previa y esperar al martes 10 de mayo de 2016.
Fechas clave
6/4: Inicio de la campaña, presentación por Internet del borrador de la renta y la declaración.
8/4: Inicio de devoluciones.
4/5:Inicio petición cita previa para ayudas y atención en oficinas de la Agencia Tributaria. ya se puede solicitar el servicio de petición de cita previa para ayuda y atención en oficinas.
10/5: Inicio Declaración de la Renta presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
25/6: Último día para presentar declaración con domiciliación bancaria.
29/6: Último día solicitud cita previa.
30/6: Final.
Rentas exentas:
-Exención por despido o cese del trabajador: El disfrute de la exención quedará condicionado a la efectiva desvinculación de la situación. Tal desvinculación no será tal si en los tres años siguientes al despido o cese, el trabajador vuelve a prestar servicios a la misma empresa.
-Becas públicas y concedidas por entidades sin fines lucrativos: Se mantendrá la exención para estudios e investigación. Se sumarán las concedidas por fundaciones bancarias.
-Planes de Ahorro a largo plazo: Quedará regularizado el procedimiento y las condiciones en las que el titular del Plan de Ahorro a largo plazo pueda movilizar los derechos a otro plan del que sea titular sin que implique disposición de recursos.
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