Orientadores en Educación Infantil y Primaria
Los orientadores deberían formar parte de la plantilla de estos centros atendiendo a los niños de 0-12 años
José A. Delgado
Miércoles, 20 de marzo 2024, 23:21
Este artículo es tanto el relato de una convicción como el de una reivindicación que describo así: «En las etapas de Educación Infantil y Primaria, ... la orientación de los alumnos contribuye a la mejora de su trayectoria personal, académica y, tangencialmente, profesional. Es por ello que los orientadores deberían formar parte de la plantilla de estos centros atendiendo a los niños de 0-12 años: esto aliviaría significativamente la tarea de los orientadores en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional ya de por sí bastante achuchada. También, la población de alumnado se vería cobijada hasta los 20 años bajo el paraguas de esta disciplina». Si este artículo pudiera contribuir a la apertura de un debate al respecto 'miel sobre hojuelas'.
La OCDE, en el documento 'Perspectivas de la OCDE sobre políticas educativas' (2023), estable ce entre sus propuestas «Reforzar a los orientadores académicos y profesionales en los centros educativos». Bajo esta idea, el Ministerio de Educación publicó en 1990 el documento 'La orientación educativa y la intervención psicopedagógica' en el que expuso sus principios, funciones y tareas. En dicho documento se recogía que «En los colegios de Primaria, a veces junto con los de Infantil, se debería crear una unidad de orientación». Veinticuatro años después, esto todavía no se ha producido.
La complejidad es una de las señas de identidad que define nuestro tiempo que se refleja en la escuela dado que ésta representa un microcosmos de la sociedad. Los maestros han de instruir y formar a una población cada vez más diversa. Además de a su alumnado habitual, atienden también a aquéllos que presentan retraso madurativo, trastornos en el desarrollo del lenguaje, disfunciones de atención o de aprendizaje, desconocimiento de la lengua materna, que se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeducativa y a los que tienen altas capacidades intelectuales.
Sebastián Rodríguez Espinar, catedrático de orientación de la Universidad de Barcelona, es el profesor más citado en esta especialidad. En su artículo 'La función orientadora: claves para la acción' publicado en la Revista de Investigación Educativa (Vol. 16, nº 2, págs. 5-23) establece la Prevención como uno de los tres principios en los que se fundamenta esta disciplina. Mediante éste, la orientación actúa antes de que se produzcan los problemas, incrementa los factores de protección y se compromete con la justicia social al incluir a las minorías como grupos específicos de atención; rasgo éste muy significativo en unos tiempos en los que en nuestros centros hay una alta población inmigrante. Creo que no existe mejor manera de implementar la Prevención en el sistema de orientación que hacerlo desde el momento en el que los niños acceden a la escuela.
En consonancia con lo explicitado en el documento de 1990, el MEC respaldó mediante normas jurídicas los planteamientos teóricos de la orientación para llevarla a la práctica en las diferentes etapas del sistema educativo. Y así vimos como la 'Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo' recogía la atención psicopedagógica como uno de sus principios (art. 2, g), a la vez que reconocía que la orientación educativa y profesional es un elemento que contribuye a la calidad de la enseñanza (art. 55, e).
Igualmente, el 'Reglamento orgánico de las Escuelas Infantiles de segundo ciclo, de los colegios de Primaria y de los colegios de Infantil y Primaria y Educación Especial', aprobado mediante el 'Decreto 328/2010 de 13 de julio', explicita el derecho del alumno a la orientación educativa y profesional y su implementación a través del plan de orientación y acción tutorial. También recoge la existencia del Equipo de Orientación como un órgano de coordinación docente en estos centros del que forma parte un orientador del Equipo de Orientación Educativa (EOE). Éste realiza las siguientes tareas: la evaluación psicopedagógica del alumnado; asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo, medidas para la resolución de conflictos y atención a la diversidad; apoyar al equipo directivo sobre al plan de orientación y acción tutorial; e informar a las familias en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica. Asimismo, el 'Real Decreto 157/2022 de 1 de marzo que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria', dice que «En esta etapa, la orientación y la acción tutorial acompañarán el proceso educativo del alumnado. A largo del tercer ciclo, y desde la tutoría, se coordinará la incorporación de elementos de orientación educativa, académica y profesional que incluyan, al menos, el progresivo descubrimiento de estudios y profesiones».
Actualmente estos profesionales desarrollan sus funciones y tareas en el Departamento de Orientación de los IES del que son jefes; y en Educación Infantil y Primaria, responden a las demandas de los maestros desde los Equipos de Orientación Educativa para atender a los alumnos que presentan necesidades educativas especiales. Esto implica su detección, realización de la evaluación psicopedagógica, propuesta de modalidad de escolarización y otras medidas para paliar sus necesidades. También ayudando a los tutores. La tutoría, que se lleva a cabo de manera individualizada con los alumnos, es la parte de la orientación más conocida por las familias dado el uso habitual que hacen de ella. Aquí no sólo se tratan problemáticas relacionadas con las materias del currículo, sino también de aquéllas que afectan a su desarrollo personal y social que con bastante frecuencia inciden en su progreso académico.
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