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Ilustración: Alfonso Berridi

Inmatriculaciones de la Iglesia Católica

La carrera ·

Ya que la Iglesia Católica en España ha gozado de todos estos privilegios es hora que se le vayan recortando algunos que también vienen de antaño, como es la exención del IBI para la inmensa mayoría de sus inmuebles

Rafael Civantos

Jueves, 18 de febrero 2021, 23:42

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Es probable que muchos de ustedes hayan oído hablar estos días sobre las inmatriculaciones de los bienes de la Iglesia. Sin duda se trata de ... un caso inmobiliario en toda regla ocasionado por las distintas ventajas que se le ha otorgado a la Iglesia. El procedimiento de inmatriculación viene necesitando bastantes requisitos para finalmente probar la propiedad del bien. Sin embargo, para la Iglesia se estableció con la Ley Hipotecaria de 1946, que en este caso, al igual que con las Administraciones Públicas, sólo era necesario una certificación en la que se exprese el título de adquisición o modo en el que fueron adquiridos, certificado que podía emitirlo cualquier autoridad eclesiástica, un obispo por lo general, sin necesidad de aportar ningún otro documento como escrituras, testamentos, contratos ante Notarios, fedatarios o cualquier otra prueba.

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