La carrera judicial debe mantenerse al margendel debate político
«En estos tiempos de franco desencuentro político, es muy importante que quienes ostentan la titularidad del poder judicial y sus órganos de gobierno sepan preservar su imparcialidad y se mantengan al margen de la lid política»
Gonzalo Alcoba Gutiérrez
Magistrado
Martes, 14 de noviembre 2023, 23:12
En la difícil situación política que atraviesa España, el ritmo de los acontecimientos que se suceden y las enconadas reacciones de ciertos actores pueden arrastrar ... a la ciudadanía, en medio del tremendismo, hacia la confusión y el desánimo. Para evitar las más graves consecuencias de ello, la estabilidad de las instituciones democráticas resulta trascendental.
Ciertamente, hoy existe un riesgo relevante para el sistema democrático fundado por la Constitución del 78, pero éste no reside en los pactos de gobierno entre PSOE y Junts, ni en la proposición de Ley de Amnistía, sino en la contumaz voluntad de la oposición, expresada sin matices ni reticencias, de no renovar el Consejo General del Poder Judicial. Esta omisión deliberada, que no procede de un puntual desacuerdo, suspende el cumplimiento del art. 122.3 de la Constitución sine die y, por tanto, supone un freno al normal funcionamiento de un órgano constitucional que tiene por misión ejercer el gobierno del Poder Judicial.
Más allá de ello, es preciso recordar que el CGPJ, renovado o en situación de prórroga, debe desempeñar sus funciones en el marco estricto de sus competencias, de acuerdo con la Constitución y la ley, como determina el art. 104.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Entre ellas, es claro, no se halla la de emitir dictámenes ni, mucho menos, opiniones institucionales al respecto de la conformación de mayorías parlamentarias ni de pactos entre partidos. Resulta absolutamente inapropiado que el Consejo se haya atribuido esta facultad, sin amparo normativo alguno y esgrimiendo, como justificación para ello, la perspectiva de presentación de una proposición de ley que, además, ni siquiera estaba redactada al tiempo del comunicado. Esta forma de intervención en la negociación política de los grupos parlamentarios y partidos que los sustentan, legitimados por la fuerza sus votos, es inadmisible.
Asimismo, los movimientos y reacciones de los órganos de gobierno de inferior rango jerárquico y, particularmente, el anuncio, esta semana, de una concentración de jueces y magistrados en las sedes judiciales supone una inaudita interferencia en el proceso parlamentario que demuestra un muy mal entendimiento del principio de la separación de poderes.
Lo cierto es el debate sobre la constitucionalidad de la amnistía, como institución que conlleva la extinción de la responsabilidad penal, parece resuelto favorablemente en numerosos pronunciamientos del Tribunal Constitucional, sin perjuicio de la eventual impugnación de las concretas disposiciones de la eventual ley que la establezca, cuando puedan colisionar con algún precepto constitucional. No obstante, aunque no fuera así, en una democracia como la española, con un sistema institucional de contrapoderes que ha demostrado ya su eficacia en graves crisis, los órganos de gobierno de los jueces no pueden arrogarse la función de realizar tal fiscalización, pues la Constitución y las leyes no se la otorgan. Con mayor razón aún, la valoración de textos programáticos o proclamas políticas de los partidos, que corresponde al pueblo a través de sus resortes democráticos, queda extramuros de las competencias propias de las Salas de Gobierno, Presidencias de las Audiencias y Decanos de los/as jueces/as.
En estos tiempos de franco desencuentro político, es muy importante que quienes ostentan la titularidad del poder judicial y sus órganos de gobierno sepan preservar su imparcialidad y se mantengan al margen de la lid política. La sobriedad de sus cargos contribuye a reforzar la confianza popular en la permanencia del Estado, más allá de los conflictos políticos circunstanciales, lo que es capital para la preservación de la democracia y el Estado de Derecho.
El derecho a contestar las decisiones del poder político es consustancial a toda democracia y debe ser respetado. Pero la prudencia más elemental aconseja que los magistrados y jueces eludamos ejercerlo bajo el amparo de nuestras togas y cargos institucionales o en nombre de los órganos en que nos integramos, para evitar horadar la certeza de la ciudadanía en nuestra inflexible independencia. Éste es, sin duda, el mayor servicio que podemos hacer a la democracia y es, además, nuestro primer deber.
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