Juegos malabares entre trileros o el arte de seducir con engaño
Francisco Martín Recuerda García
Viernes, 3 de octubre 2025, 23:02
En el acuerdo de investidura entre el Partido Socialista Español e Izquierda Republicana de Cataluña del 2 de noviembre del 2023, se contiene interesantes puntos ... que afectan al territorio español en beneficio de Cataluña.
Es curioso que lo primero que salta a la palestra sea el régimen singular impositivo para Cataluña, que conlleva:
- La creación de una Agencia Tributaria propia que recaudará todos los impuestos que recauda Cataluña.
- Los ingresos recaudados se aplicaran a los gastos originados en Cataluña y que establezcan la Generalidad de Cataluña en ejercicio de su soberanía fiscal.
- La aportación de Cataluña a las finanzas del Estado, integrada por la aportación del coste de los servicios que el Estado presta a Cataluña y de la aportación de la solidaridad, aportación con la finalidad de que los servicios prestados por los «distintos gobiernos autonómicos a sus ciudadanos, puedan alcanzar niveles similares, siempre que lleven a cabo un esfuerzo fiscal similar».
- El principio de ordinalidad: «La contribuciones de las comunidades autónomas por habitante, ordenadas en una escala de mayor a menor, deben mantener el mismo orden que en la escala de lo que reciben».
Es decir, los nacionalistas catalanes aspiran a una independencia fiscal e insolidaria con el resto del Estado Español, aspiración, a mi juicio, contraria a lo dispuesto en la Constitución Española:
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 31
1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
Artículo 40
1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
Artículo 131
1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.
Artículo 138
1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.
Artículo 139
1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
Artículo 156
1.- Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles.
Se puede decir más alto pero no más claro.
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