La sentencia da la victoria al teniente Balas y a su UCO frente al exfiscal general
El Supremo hace suya la tesis de los peritos de que García Ortiz tuvo el «dominio» de toda la «acción» y que no hay otra hipótesis plausible que no sea que la filtración partiera de él
La sentencia del Tribunal Supremo contra Álvaro García Ortiz conocida en su totalidad este martes constituye un indiscutible espaldarazo de la más alta instancia judicial ... del país a la Unidad Central Operativa (UCO), la división de la Guardia Civil que está al frente en la actualidad de las investigaciones más delicadas para el PSOE, el Gobierno y el entorno más cercano del propio Pedro Sánchez.
Y es que en la práctica totalidad de las 233 páginas de la resolución de la Sala Segunda se dan por buenos, casi punto por punto, los argumentos que el miércoles 12 de noviembre desgranaron en el juicio contra el ya exfiscal general los peritos de la UCO. Ellos, en un momento clave de esa vista oral, fueron los apuntaron sin titubeos contra García Ortiz, a quien acusaron de estar detrás de la filtración de los datos confidenciales de la causa contra el novio de Isabel Díaz Ayuso porque él, y solo él, podía tener todo el «dominio» de «toda la acción» del chivatazo a la prensa. Y no solo eso. También sostuvieron que, una vez analizados todos los indicios recuperados de los móviles que no se borraron, la única hipótesis plausible era que la filtración partió del fiscal general o de alguien de su entorno, pero que en cualquier caso, aquel soplo siempre tuvo la aquiescencia de García Ortiz.
Esa mañana, ante el tribunal declaró el famoso Antonio Balas Dávila, el teniente coronel al frente del Departamento de Delincuencia Económica de la UCO, y dos de sus subordinados más cercanos. Balas -el mando de la Guardia Civil que ha saltado a las portadas después de conocerse las supuestas maniobras de Leire Díez, la presunta 'fontanera' de Ferraz, para acabar con su carrera- fue tajante. «Todo lo que se ha filtrado estaba en poder de la Fiscalía General del Estado», dijo arropando las aseveraciones de los suyos.
«Durante todo el proceso lo que se ve es un dominio a todos los niveles del fiscal general»; «es el fiscal general quien dice y quien mueve esa nota de prensa y quien tiene la urgencia de darla»; «quien sabe cómo va a salir es la Fiscalía General del Estado. Lo sabe la Fiscalía General y el periodista de la Ser porque apunta que la nota saldrá en las próximas horas. Se ve que hay una comunicación con quien sabe, con quien tiene el dominio»… fueron las conclusiones de Antonio Balas,quien apuntó –a falta de una 'pistola humeante' por el borrado de teléfonos y mails- contra García Ortiz basándose en ese cúmulo de «indicios».
«Unidad de acción»
Esas inferencias de Balas en condición de perito dejando claro que la filtración del correo y la publicación de la nota fueron parte de un mismo «proceso» bajo el «dominio» del entonces fiscal general han tenido un fiel reflejo en la parte de «indicios acreditados» de la sentencia. Una resolución que certifica que la divulgación se materializó tanto por la filtración del correo, como por la publicación de la nota informativa. Y que ambas maniobras constituyen, a juicio de la sala, una «unidad de acción». «La nota consolida la filtración iniciada por el correo, en realidad la «oficializa», apunta el texto.
La sentencia –haciéndose eco de la tesis de la UCO- concluye que no existe una explicación alternativa razonable que permita cuestionar que la filtración se desarrolló en la Fiscalía General del Estado y que el propio Fiscal tuvo una participación directa para hacer llegar a la Ser el famoso correo en el que el abogado Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, reconocía el doble delito fiscal de su cliente.
«La convergencia de los indicios acreditados, como son: el acceso singular a la documentación, la secuencia temporal de comunicaciones, la urgencia mostrada en la obtención de los correos, la llamada del periodista, el posterior borrado de los registros, los recelos expresados por sus subordinadas sobre la filtración, junto al hecho de que ninguna otra persona distinta al letrado de González Amador, el fiscal del caso, la fiscal provincial y el propio fiscal general del Estado, y su entorno pudieron participar en la filtración, permiten construir un cuadro probatorio sólido, coherente», resalta el fallo.
Un relato «concluyente» que «lleva necesariamente a afirmar, como hecho probado, que fue el acusado, o una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento, quien entregó el correo para su publicación en la cadena Ser», zanja la resolución de la Sala Segunda, haciendo suyas casi al 100% las tesis del teniente balas y su equipo.
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