Cuatro años de cárcel para los principales acusados de la Púnica murciana
La Audiencia Nacional condena al exconsejero Ruiz, su jefe de gabinete y la exdirectora general Mariola Martínez por costear con dinero público trabajos de reputación personal
Alicia Negre
Martes, 9 de septiembre 2025, 10:11
Una década después de que la trama murciana de la Púnica irrumpiese en la Consejería de Turismo de la Región derribando todo a su paso ... y forzando la dimisión de su antigua cúpula, la Justicia se ha impuesto con rotundidad. La Audiencia Nacional ha condenado a penas que suman cuatro años de cárcel a Juan Carlos Ruiz, exconsejero de Industria y Turismo; la entonces directora del Instituto de Turismo, Mariola Martínez Robles; y el jefe de gabinete de Ruiz, José Fidel Saura, por delitos de fraude, cohecho y prevaricación administrativa en el marco de este conocido caso. En la sentencia, a la que LA VERDAD ha tenido acceso, el tribunal impone además a estos políticos populares, que abandonaron sus puestos en 2015, multas y penas de hasta veinte años de inhabilitación para empleo o cargo o público. La Sala de lo Penal condena además a cuatro años de cárcel al exalcalde cartagenero José Antonio Alonso y a su socio, el empresario Alejandro de Pedro, a los que el tribunal señala como urdidores de la trama.
Tras hasta 16 sesiones en las que los principales acusados defendieron su inocencia, la Sala de lo Penal considera probado que todos ellos urdieron un plan para costear con dinero público los trabajos de reputación personal con los que Ruiz pretendía encumbrarse en su carrera hacia la presidencia de la Comunidad -un puesto que, en ese momento, se disputaba con el entonces también consejero Pedro Antonio Sánchez, que acabaría colocándose al frente de San Esteban-.
La sentencia de hasta 199 páginas de la Audiencia Nacional explica como, en torno a 2014, Alonso y De Pedro se dedicaban a ofrecer a cargos públicos unos trabajos de mejora de la reputación personal en internet, conocidos como 'networking management', que buscaban que fueran sufragados con fondos públicos. «Actuaban bajo la premisa de la certeza de la ausencia de control y de fiscalización real por parte de las administraciones con las que contrataban, ya que la revisión de la ejecución quedaría en manos de personal de confianza», remarca la resolución.
Los magistrados entienden que los dos socios se aprovecharon de que disponían de «respaldo político» en un «determinado nicho en los entornos de políticos del Partido Popular (PP) interesados en optimizar su proyección política». En esa situación, según argumenta la Sala, se encontraba en ese momento el exconsejero Ruiz que, pese a que lo ha negado reiteradamente, la Justicia entiende que aspiraba a reemplazar a Valcárcel como líder del PP regional y futuro candidato a la Comunidad de cara a las elecciones de 2015. «Alonso le ofreció -además de los trabajos de reputación- la posibilidad de ser promovido ante las instancias superiores del PP como el candidato más idóneo». A cambio de esos servicios, explica la sentencia, el entonces titular de Turismo «acordó la forma de retribución de estos trabajos sin coste económico personal para él». Para lograrlo, una de las empresas vinculadas a De Pedro y Alonso resultaría adjudicataria «de contratos públicos amañados realizados ad hoc para dicha finalidad». El precio de esos contratos incluiría, de forma encubierta, el coste de los trabajos de reputación personal de Ruiz.
«Exentos de fiscalización»
Con este objetivo, explica la sentencia, Ruiz, ayudado por su jefe de gabinete, se comprometió a sacar a licitación determinados contratos públicos, al margen de cualquier utilidad pública. El tribunal señala aquí los contratos que la trama gestionó, tanto con el Instituto de Turismo, que encabezaba Mariola Martínez, como con el Instituto de Fomento, que lideraba Reyes Samper -aunque la causa respecto al Info acabaría sobreseída-. «Se da la circunstancia de que los contratos celebrados por estos institutos estaban exentos de fiscalización previa por parte de la Intervención General de la Comunidad, lo que facilitaba la opacidad del procedimiento», razonan los magistrados.
La Audiencia Nacional señala varia resoluciones «contrarias a derecho» que el Instituto de Turismo llegó a adoptar, aunque precisa que el desvío de fondos públicos no se llegó a consumar porque estalló a nivel nacional la 'Operación Púnica', la mayor redada contra la corrupción perpetrada hasta la fecha -que acabaría desgajándose en numerosas piezas separadas, entre ellas la murciana-. El perjuicio económico inicial para el Instituto de Turismo, en todo caso, habría ascendido a 29.040 euros.
La sentencia apuntala con documentación, intervenciones telefónicas y correos unas negociaciones que los procesados negaron por activa y por pasiva durante las largas sesiones de juicio y por las que han sido finalmente condenados. Con este relato de hechos probados, la Sala impone a los principales procesados, además de los delitos de fraude y prevaricación, el de cohecho, que la Fiscalía y la acusación popular -que ejercen el PSOE y la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (Adade)- introdujeron de forma sorpresiva al término de la vista.
La Audiencia Nacional, en su extensa resolución, también impone un año de cárcel a Agustín Alonso, hermano de José Antonio; y un año de cárcel y seis de inhabilitación para empleo o cargo público a Jesús Norberto Galindo, entonces secretario general del Instituto de Turismo, como cooperador en un delito de fraude. Una pena inferior, de medio año de prisión, recae en Sara Gargallo y Francisco Bueno, exempleados de una de las firmas de De Pedro. Bueno, que fue 'mano derecha' del cerebro de la trama, está considerado uno de los principales arrepentidos del caso. En su extensa declaración, confirmó que la trama llegó a recibir el visto bueno para realizar esos supuestos trabajos de reputación al exconsejero Ruiz. La Sala absuelve, además, del delito de prevaricación a José Antonio Alonso, Alejandro de Pedro Llorca, Agustín Alonso, Sara Gallardo y Francisco Javier Bueno. La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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