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Carlos Fabra.
La juez deja en libertad a Carlos Fabra en contra del criterio de Prisiones

La juez deja en libertad a Carlos Fabra en contra del criterio de Prisiones

El expolítico del PP, condenado a cuatro años de cárcel por cuatro delitos fiscales, obtiene el tercer grado

Melchor Sáiz-Pardo

Lunes, 18 de abril 2016, 15:41

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La juez de vigilancia penitenciaria del Juzgado número 3 de Madrid ha concedido el tercer grado penitenciario al expresidente de la Diputación de Castellón y Diputación y ex presidente del PP provincial Carlos Fabra.

La magistrada considera la evolución del reo, que lleva en carcelado desde 2014 ha sido positiva y que ya no hay riesgo de reincidencia. La juez excarcela al expolítico en contra de la decisión de la Junta de Tratamiento de la prisión madrileña de Aranjuez, en la que ingresó en diciembre de 2014.

En julio de ese año la Sala Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena a cuatro años de prisión que la Audiencia Provincial de Castellón impuso en noviembre de 2013 Carlos Fabra por cuatro delitos de fraude fiscal. Los jueces rechazaban así los recursos de su defensa, que reclamaba su absolución, y del fiscal y el abogado del Estado, que pidieron aumentar de cuatro a ocho años de cárcel.

La ex mujer de Fabra, María de los Desamparados Fernández Blanes, sin embargo, sí que ve su pena rebajada de dos a un año tras la estimación parcial de su recurso de casación.

De acuerdo con la sentencia de la Audiencia, en el período 1999-2004, Fabra y su mujer, María de los Desamparados Fernández Blanes, registraron en las cuentas de las que eran cotitulares ingresos no justificados por importe superior a 3,2 millones de euros, con una cuota defraudada a Hacienda de un millón de euros. La mayor parte, 700.000 euros, corresponden a lo que Fabra dejó de ingresar en el Tesoro Público.

El proceso contra el expresidente de la Diputación de Castellón estuvo jalonado por un sinfín de vicisitudes judiciales que derivaron en que hasta nueve magistrados diferentes se hicieran cargo de la instrucción del caso antes de que se abriera el juicio oral en diciembre de 2012. A lo largo de los diez años durante los que se extendió el proceso, Fabra fue exculpado de otro delito por falsedad documental. En 2010 la Audiencia de Castellón anuló la causa por los delitos fiscales de los que se acusaba al exdirigente del PP de los delitos fiscales por los que finalmente fue condenado aunque esta decisión fue revocada por el Tribunal Supremo que ordenó reabrir la causa.

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