Casi 3.000 conductores fueron pillados en la última semana con el móvil al volante
Los controles realizados entre el 16 y el 22 de septiembre permitieron sancionar a más de 1.800 conductores que, además de cometer una distracción, conducían bajo los efectos del alcohol o las drogas
Patxi Fernández
Madrid
Viernes, 1 de octubre 2021, 14:08
El uso del teléfono móvil mientras se conduce sigue siendo la infracción más habitual entre los conductores españoles. Asís e desprende de la última ... campaña de control realizada por la DGT, en la que del total de las 6.840 denuncias formuladas un total de 2.930 corresponden a este precepto.
Estas multas fueron tramitadas por la Dirección General de Tráfico tras la campaña realizada entre el 16 y el 22 de septiembre y a la que se han sumado numerosos ayuntamientos a través de sus policías locales.
En concreto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado un total de 304.126 vehículos que circulaban por carreteras convencionales y han efectuado 8.295 controles en los que han denunciado a 6.708 conductores por realizar acciones que suponen una distracción durante la conducción.
De las 6.840 denuncias interpuestas, casi el 43% (2.930) lo fueron por utilizar manualmente el teléfono móvil mientras conducían.
Abrocharse el cinturón mientras se conduce, generalmente cuando han sido vistos por los agentes, es también una distracción que ha supuesto una sanción para 412 conductores.
Además, 327 conductores fueron sancionados por el uso de cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, distintos del teléfono móvil, una conducta que está prohibida porque también supone una distracción en la conducción.
Otras de las acciones más sancionadas por implicar una distracción en la conducción son la lectura (145), la búsqueda de objetos (108), conducir comiendo (56), la utilización o manipulación de navegadores, pantallas de acceso a internet, reproductores de video o DVD (51) o distraerse con otros ocupantes del vehículo (47).
Además de todas estas acciones concretas, los agentes formularon 928 denuncias por otras infracciones que provocaban distracción en la conducción.
Ayer mismo, la Comisión de Interior aprobó la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial .
Entre las principales novedades de la reforma destaca un endurecimiento para numerosas infracciones, doblando por ejemplo las sanciones por conducir con el teléfono móvil en la mano o por no llevar el cinturón de seguridad,entre otras. Además se establece la obligatoriedad de usar casco en los vehículos de movilidad personal, como patinetes eléctricos.
Aumentan de 3 a 6 los puntos de sanción por conducir sujetando con la mano el móvil. Tráfico incluye un matiz en el texto de la nueva Ley que cambia el concepto de los conductores por completo: sustituye la palabra «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil».
Esto provocaba que muchos conductores se librasen de la multa al ser muy complicado para los drones captar el momento exacto del uso del teléfono móvil. Desde 2021 esto no será así y simplemente con «conducir con el móvil en la mano», se esté usando o no, ya supondrá una infracción cuya multa será de 500 euros.
No utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección supondrá una sanción de cuatro puntos, en vez de los tres actuales. Además, se sancionará el mal uso de estos elementos.
Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, aunque se desactiven, será una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de tres puntos.
Uno de los aspectos que ha causado más controversia del proyecto legislativo del Gobierno es la planteada supresión de la posibilidad de que coches y motos pudiesen superar en 20 km/h el límite de velocidad en carretera convencional (es decir, de un carril por sentido y sin separación física entre ambos) al adelantar a otros vehículos.
Durante el debate del texto se aprobó una enmienda con la que decae esta medida, por lo que finalmente se mantiene el citado margen de 20 km/h adicionales para adelantar en carreteras convencionales, que proponía el Gobierno y que varios grupos habían criticado.
Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) se justificaba esta medida porque ya se aplica en otros países de la UE y con ella se pretendía reforzar el mensaje de que «adelantar conlleva un riesgo de colisión frontal».
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