El exrojiblanco Eddy Silvestre, absuelto por el caso del vídeo sexual; Enrich y Luna, condenados
Los futbolistas no cumplirán la pena tal y como se había acordado por la atenuante de reparación del daño
J. I. CEJUDO / AIENDE S. JIMÉNEZ
Martes, 19 de enero 2021, 17:33
El exrojiblanco Eddy Silvestre ha sido absuelto en el juicio por el caso del vídeo sexual viralizado que involucró en 2016 a los futbolistas Sergi ... Enrich y Antonio Luna, compañeros los tres por entonces en el Eibar, junto a una joven sin su consentimiento. Al centrocampista, que militó en el Granada en la temporada 2014/15, se le acusaba de haber difundido el vídeo, pero finalmente fue absuelto por el tribunal.
Sí fueron condenados a dos años de cárcel por un delito de descubrimiento y revelación de secretos tanto Sergi Enrich como Antonio Luna, aunque no cumplirán la pena, según se acordó en el juicio. La jueza titular del juzgado de lo penal número 3 de San Sebastián estimó que en el caso concurre la atenuante de reparación del daño, ya que los dos acusados indemnizaron a la víctima en su día con 110.000 euros, cuantía superior a la que solicitaba su abogado, antes incluso de que se celebrara el juicio y le pidieron perdón mostrándose ambos arrepentidos durante la vista oral que tuvo lugar en octubre de 2020.
Los hechos que dieron lugar al vídeo sexual que se hizo viral a través de Internet sucedieron la noche del pasado 18 de abril de 2016. La joven había accedido a practicar un trío sexual junto a Sergio Enrich y Antonio Luna, pero este último grabó las relaciones con el móvil del primero. «No, eso no, para», le espetó la mujer, según se apreció durante la grabación a la que tuvo acceso la jueza que se encargó de dirimir la condena. Esta entiende que las imágenes grabadas «se remitieron sin el conocimiento ni el consentimiento de la víctima a diversas personas, las cuales a su vez reenviaron el vídeo a más personas, con el efecto de que se hizo viral en Internet, convirtiéndose en un archivo de difusión masiva».
Aunque se le acusó de haber colaborado en esta difusión, la sentencia determina que «no ha sido acreditado» que Eddy Silvestre «reenviara el vídeo a su vez a más personas». De ahí que le absuelva del delito de «revelación de secretos que afecta a datos de carácter personal que revelan vida sexual».
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