El TSJA niega la licencia de armas a una mujer de Granada que amenazó con matar a su hija de tres años
La Subdelegación del Gobierno rechazó la petición de la mujer y ella recurrió a la justicia, que, a la vista de sus antecedentes, también le ha denegado el permiso
Fue durante un juicio para acordar a quien correspondía la custodia de la menor, una niña de tres años, cuando la madre amenazó con matar ... a la pequeña o «hacerla desaparecer antes que entregársela a su marido». El altercado ocurrió en un juzgado de Granada en 2015. No fue el único incidente en el que se vio envuelta la mujer. En 2017 fue investigada por insultar a su expareja por teléfono. También fue imputada por un delito de trato degradante y cometió una «infracción grave» por portar armas...
A pesar de esos antecedentes, solicitó la licencia para poder utilizar escopetas de caza y pistolas de tiro deportivo. Los informes de la Guardia Civil fueron «contrarios» a la pretensión de la demandante. El «análisis de su conducta» desaconsejaba totalmente que se le concediera el permiso de armas. Para el instituto armado suponía «un riesgo» acceder a la petición de la mujer.
En este sentido, la Subdelegación del Gobierno en Granada acordó en 2019 «denegarle la licencia de armas tipo E solicitada».
Disconforme con aquella resolución, la afectada planteó un pleito Contencioso-Administrativo para reclamar la autorización por vía judicial. Tampoco ha tenido éxito. En una reciente sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado que la administración actuó correctamente al rechazar la posibilidad de que la ciudadana en cuestión tuviera un permiso de armas.
«Ha sido condenada por un delito de amenazas» «Se le instruyen diligencias por malos tratos psiquicos. (...) Una infracción grave a la normativa de seguridad ciudadana por portar, exhibir o usar armas (...)»
El fallo, que todavía puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, hace un detenido repaso por el 'currículum penal' de la mujer para justificar su decisión. «(...) Ha sido condenada por un delito de amenazas. (...) se instruyen diligencias por una falta de amenazas,por amenazas e insultos telefónicos a su ex pareja. (...) Se instruyen diligencias por un delito de amenazas leves en el ámbito familiar, al haber sido denunciada por haber proferido en (la) sala del juzgado (...), en donde se acordaba la custodia de la menor, (la) amenaza (de) quitarle la vida a la menor de tres años o hacerla desaparecer, antes que entregársela a su marido. (...) Se le instruyen diligencias por un delito (de trato) degradante o malos tratos psíquicos, al ser denunciada por las amenazas proferidas en el acto escénico en el que actuaba su hija, y en el que se produjeron insultos (...) Una infracción grave a la normativa de seguridad ciudadana por portar, exhibir o usar armas», enumera la resolución judicial los encontronazos de la mujer con la justicia y las fuerzas de seguridad.
Así las cosas, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Granada concluye que la mujer no debe tener permiso de armas.
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