El TSJA avala la devolución de Casa Ágreda a los granadinos
Ratifica en una sentencia, contra la que cabe recurso ante el Supremo, la decisión judicial de marzo que permitió revertir la propiedad de este BIC al Ayuntamiento
Sergio González Hueso
Granada
Viernes, 20 de diciembre 2019, 00:50
La Casa Ágreda está cada vez más cerca de convertirse en un bien propiedad de todos los granadinos. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ( ... TSJA) ha ratificado en una sentencia emitida esta semana la decisión que tomó en marzo el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Granada y por la que se revirtió al Ayuntamiento la propiedad de este palacete del siglo XVI.
El Bien de Interés Cultural (BIC) fue cedido en 2014 a la Federación de Agencias Internacionales para el Desarrollo (AIDE) por el equipo de gobierno municipal que presidía entonces José Torres Hurtado (PP). Una decisión muy controvertida y cuyo 'modus operandi' se investiga hoy en una causa distinta que continúa abierta para determinar su posible alcance penal.
El TSJA considera que esta federación con sede en París no cumplió parte de las obligaciones contractuales contenidas en el convenio de cesión que suscribió. Por ello entiende «correcta» la interpretación que del contrato hace el juzgado cuando concluye que la rehabilitación integral del inmueble «constituye una obligación esencial» del pacto. En el fallo, el Alto Tribunal andaluz aclara que esta condición obligaba a AIDE a ejecutarla en los términos previstos, por lo que su incumplimiento «puede sustentar la resolución acordada» del contrato.
La oenegé alegaba contra la primera sentencia que el texto interpreta de forma «equivocada» los términos contractuales. Consideraba «errónea» la valoración que el juez hizo de los distintos pliegos del concurso y de la obligación de ejecución de la obra. Por lo que sostenía que quien había incumplido era el Ayuntamiento al haber incurrido en «defectos» que le habrían impedido inscribir el bien en elRegistro de la Propiedad y, por ende, haber creado una situación que justificaba «no presentar el proyecto e iniciar las obras en el plazo previsto».
El Alto Tribunal andaluz contradice en su texto la alegación de la oenegé. Considera que la primera sentencia acierta cuando señaló que los defectos no justifican «no haber presentado el proyecto de rehabilitación e iniciado las obras en los plazos pactados». Además, concluye que no hay «previsión contractual que condicione» cumplir ambos requisitos con la inscripción en el Registro. Ysostiene que «no es cierto» que el Ayuntamiento haya «puesto obstáculos o impedido» la citada inscripción pues «nada se acredita al respecto», recoge.
Por estas consideraciones, desestima el recurso de apelación presentado por AIDE contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 y le condena a asumir las costas del proceso.
La cesión y el juicio
Fue en el mes de septiembre de 2014 cuando el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Granada tomó la decisión de ceder este inmueble a AIDE. El convenio suscrito entre ambas partes comprometía a la fundación a ejecutar un proyecto de rehabilitación del palacete –que se había quedado vacío meses antes– en un plazo de dos años. La inversión ascendía a 4,9 millones de euros, y en contraprestación el Ayuntamiento le cedía la potestad de hacer uso del bien durante 40 años.Además, se le dio la posibilidad de adquirirlo formalmente después del periodo de concesión.
Un derecho de superficie con opción a compra que ya parece prácticamente inviable.El cambio de color político al frente del equipo de gobierno hirió de muerte el pacto. En 2017 el Ayuntamiento liderado por el socialista Francisco Cuenca fijó como una de sus prioridades recuperar la propiedad del palacete de la familia Ágreda. En junta de gobierno local aprobó rescindir el contrato unilateralmente. Y dio dos motivos: no cumplir los plazos para presentar el proyecto de reforma del inmueble y no haber iniciado las obras cuando figuraba en el contrato. Además, le solicitaba a la empresa una indemnización por daños y perjuicios por la progresiva degradación de este palacete del siglo XVI tras muchos meses cerrado a cal y canto.
La oenegé recurrió la decisión y el asunto acabó en los tribunales. Concretamente en el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Granada. Su titular emitió el pasado mes de marzo una sentencia que daba la razón al Ayuntamiento y que fue recurrida ante el TSJA por parte de la citada federación. Han pasado nueve meses. Y hoy el cambio de manos de la propiedad está cada vez más cerca. En el horizonte queda conocer si AIDE piensa agotar este camino judicial presentando un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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