El TSJA avala la condena de una abogada de Granada por quedarse con dinero de unas costas
La Audiencia había impuesto el año pasado a la profesional un año y medio de prisión por un delito de apropiación indebida
La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha avalado la condena a un ... año y medio de prisión de una abogada del Poniente granadino por apropiarse, indebidamente, de más de 7.000 euros de las costas de un cliente.
Así consta en una sentencia dictada el 21 de septiembre, en la que el alto tribunal andaluz desestima el recurso que interpuso la profesional contra el fallo condenatorio dictado por la Sección Primera de la Audiencia el año pasado, que consideró probado el delito.
En su resolución, que puede ser recurrida ahora ante el Tribunal Supremo (TS), el TSJA establece que si el denunciante no autorizó a su abogada a que hiciese suyas las cantidades que percibió del juzgado y que le pertenecían a él, «es claro que aquella cometió el delito de apropiación indebida que se le imputaba», al haberse quedado con la suma con «el propósito de conseguir un beneficio patrimonial no justificado».
La jurista habrá de indemnizar al cliente con el dinero de las costas procesales que se quedó en su día y afrontar, aparte, las de esta causa, salvo las de la acusación particular. Además estará inhabilitada durante el tiempo de la condena.
Un procedimiento civil
Los hechos se remontan a 2017, cuando el afectado contrató los servicios profesionales de la procesada para un procedimiento civil que se tramitaba en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Loja. El objeto de aquel proceso era la resolución contractual del arrendamiento de unas fincas.
La contratación de la acusada se efectuó, aunque no se realizó un presupuesto de gastos ni se llegó a elaborar nunca una hoja de encargo profesional. Tras designar la letrada a un procurador, a fin de que representara a su cliente en el procedimiento (los procuradores representan a los justiciables en los pleitos), este otro profesional reclamó al cliente, como provisión inicial de fondos, 2.350 euros (350 euros para él y 2.000 para la abogada).
El afectado hizo entonces una primera transferencia de ese dinero al número de cuenta que se le indicó, así como otra posterior, apenas dos semanas antes del juicio, ya en 2018, de otros 2.200 euros, como ampliación de la provisión de fondos.
Tanto en uno como en otro caso, las cantidades recibidas en la cuenta que se le había indicado y destinadas a la acusada como parte de sus honorarios profesionales «fueron de inmediato transferidas a la cuenta designada por esta», deja claro la sentencia.
Sentencia
La sentencia del procedimiento civil contra el ahora denunciante fue dictada en marzo de 2018 y desestimaba íntegramente la demanda contra él, a la vez que condenaba en costas a la parte demandante. Las costas ascendían a algo más de 6.500 euros de honorarios de la dirección letrada y otros 645 euros por las costas derivadas del procedimiento de ejecución.
El día 1 de octubre de 2018, el procurador recibió el importe correspondiente a las costas procesales de la primera instancia, que fueron de 8.215 euros, de los que al día siguiente transfirió a la abogada, «por expresa indicación de la misma la cantidad de 7.173,48 euros», que incorporó a su patrimonio.
.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión