Tres años y medio de cárcel para el ladrón de un móvil que dejó su ADN en el piso de Granada donde robó
La víctima se despertó y forcejeó con el acusado, a quien dio un cabezazo en la cara que le hizo sangrar, lo que permitió su identificación mediante el análisis de los restos
El móvil estaba valorado en 80 euros y el ladrón, un chico marroquí que acababa de salir de un centro de menores, se los pagó ... antes del juicio a la víctima. Aún así, no ha podido eludir la pena con la que se castigan los delitos de robo con violencia, pues, aparte de llevarse el teléfono, el día de los hechos, el 22 de octubre de 2017, allanó la vivienda. Cometió un robo en casa habitada por la noche y, al ser sorprendido, entabló un forcejeo en el que recibió un cabezazo que le hizo sangrar por la nariz. Su ADN permitió su identificación. El castigo impuesto: tres años y medio de prisión.
La condena la ha fijado la Audiencia Provincial de Granada, a quien recurrió el ladrón tras haber sido castigado por el Juzgado de lo Penal 1 de la capital con una pena mayor. Inicialmente se le habían impuesto cuatro años y medio de encierro, que no obstante serían sustituidos «por expulsión por diez años cuando alcance el tercer grado o libertad condicional». También se había considerado autor de un delito leve de daños y se le había condenado al pago de una multa de 240 euros.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, declara probado que el ladrón, sin antecedentes penales, actuó «con ánimo de enriquecerse». Entró en la vivienda de la víctima sobre las 6.30 horas. Lo hizo escalando hasta una ventana del salón del piso que se hallaba abierta y accedió al interior, donde se apoderó de un móvil Zie Blade valorado en la cantidad antes indicada.
Al ser sorprendido, el ladrón entabló una lucha con su víctima para escapar con su botín, «y en defensa propia» el morador le propinó un cabezazo que le hizo sangrar por la nariz. Dejó vestigios de los que se extrajo su ADN. «Una vez en el exterior, el acusado lanzó piedras contra el balcón» de la víctima y rompió un cristal, «cuyo importe ha pagado la aseguradora».
La Audiencia recuerda que el acusado manifestó en el juicio no recordar nada de lo sucedido esa noche, «ni explicó las razones por las que su perfil genético fue hallado en muestras biológicas obtenidas en el lugar de los hechos», pero el juez consideró que el resto de las pruebas practicadas permitía considerar acreditados los hechos.
Sobrevenido
Su defensa, en su recurso, alegaba que «no existió violencia ni intimidación» por parte de su cliente. Sostenía que lo ocurrido «fue algo sobrevenido, no buscado de propósito ni planeado por el acusado», al tiempo que resaltaba que «tan solo se produjo un forcejeo de escasa intensidad, iniciado por la víctima quien, en una lógica reacción, propinó un cabezazo al acusado».
Asimismo, el abogado del procesado recalcaba que carece de antecedentes penales y que actuó en solitario, «sin pretender causar daño a nadie e ignorante de que la casa estuviese habitada». Junto a ello, destacaba que lo sustraído fue de escaso valor (un móvil de 80 euros) y que ya había abonado su importe al perjudicado. En este punto, dejaba claro que el encausado carecía de recursos y consideraba la pena impuesta «desproporcionada para casi un niño marroquí».
Para la Audiencia, sin embargo, no se puede concluir que los hechos sean de menor entidad. «El robo tiene lugar en una casa habitada (lo que por sí solo constituye una circunstancia de agravación), de madrugada, y el acusado, según la versión acogida en la sentencia, al ser sorprendido por el morador (...) , entabló una lucha con este para escapar con el botín. Cierto es que tan solo se apoderó de un teléfono móvil, pero tan exiguo botín es debido a que fue descubierto». Recuerda aparte el tribunal que el acusado forcejeó con la víctima para escapar. Si le reduce el castigo es porque estima que el pago del móvil antes de la vista debió atenuar la pena al haberse reparado el daño.
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