El Supremo revoca la sentencia contra Vox por la elección del presidente en Granada en 2020
El tribunal considera que no se han vulnerado los derechos de los contendientes en el proceso del que resultó proclamado Manuel Martín
El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Granada contra Vox por la elección del presidente provincial en 2020. La ... sala de lo Civil ha estimado el recurso de casasión formulado por la formación y ha anulado la demanda interpuesta por Ignacio Pozo, a quien los jueces habían dado inicialmente la razón en el contencioso por la anulación de 15 de los avales que había presentado para liderar el partido en Granada.
El caso se originó hace tres años, después de que uno de los concurrientes al proceso electoral interno de Vox para determinar el liderazgo en la provincia denunciara al partido por la anulación de 15 de los avales presentados. La decisión del comité electoral estaba fundamentada en que los afiliados que habían dado su apoyo al demandante no estaban al corriente de los pagos, por lo que la normativa establecía que los avales no podían ser considerados. Esto provocó que la candidatura decayera y se alzara vencedor del proceso Manuel Martín, que fue el único capaz de llegar al mínimo de apoyos establecido previamente.
Según consta en el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, el tribunal ha estimado la argumentación de Vox, que planteaba que el comité electoral del partido había actuado acorde a la normativa interna al anular los avales de afiliados que no estaban al corriente de los pagos y apuntaba que se había dado conocimiento a los contendientes de los comicios de los pasos seguidos al tomar la decisión.
El Supremo ha considerado que no se han vulnerado los derechos de los contendientes en el proceso del que resultó proclamado Manuel Martín. En concreto, ha determinado que Vox dio a los demandantes «información razonable de la exclusión» y que la decisión del comité electoral «no fue contraria a la normativa interna ni adoleció de vicios que supusieran una vulneración del derecho de participación pues no se ha justificado que la anulación de los avales fuera irrazonable».
Por este motivo, la sala de lo Civil ha estimado que la sentencia recurrida debe ser casada, el recurso de apelación de Vox estimado y la demanda que inició el proceso judicial «plenamente desestimada».
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