Siete años de prisión por violar a una chica borracha en el almacén de una 'disco' de un pueblo de Granada
La Audiencia considera autor de un delito de abuso sexual al joven, que habrá de indemnizar con más de 6.000 euros a la víctima
El 27 de abril de 2019 es un día que, por desgracia, difícilmente olvidará una joven granadina de entonces 19 años que salió de fiesta ... con una prima y sus amigas y acabó siendo violada por un desconocido en el almacén de una discoteca. El delito cometido, no obstante, no quedará impune: la Audiencia Provincial de Granada ha impuesto siete años de prisión al autor de aquella violación.
La joven y sus acompañantes eligieron divertirse en un establecimiento de ocio nocturno de un pueblo del Cinturón, pero, previamente, estuvieron en unos aparcamientos bebiendo alcohol. La chica tomó una botella de vino. Iba ebria y necesitaba orinar. Ya dentro de la 'disco', tras indicar que se hacía pipí, un individuo se ofreció a acompañarla, pero la condujo a otro lugar, donde la penetró bucal y vaginalmente.
El fallo de la Audiencia de Granada, fechado el 4 de octubre y al que ha tenido acceso IDEAL, impone al acusado cinco años de libertad vigilada una vez cumpla la pena de encierro, así como una medida de alejamiento: no podrá acercarse a la víctima durante doce años. Tampoco podrá comunicarse con ella por ningún medio durante el mismo período. En cuanto a la indemnización, habrá de pagar a la joven 6.236 euros.
Aunque el acusado negaba la autoría del delito, los investigadores de la Guardia Civil hallaron pruebas contundentes de que fue quien abusó de la joven: había restos biológicos suyos en su vagina, en su ropa, en una colilla y en vasos hallados en el almacén donde todo ocurrió.
Aunque el procesado negaba ser el autor del delito, fueron hallados restos biológicos que lo incriminaban
Mientras la chica estaba sufriendo los abusos, recibió mensajes y llamadas de su prima y sus amigas, en los que le preguntaban dónde estaba. Le decían «respóndeme, la última vez que te vas con tíos desconocidos, dónde estás tío que estamos dando vueltas como gilipollas, dónde estás …».
A una de esas llamadas contestó el acusado, a quien una las amigas de la joven le instó a llevarla junto a ellas. Su respuesta fue que «ya se la llevaría y que no tuviera tanta mala follá». Tras ello, acompañó a la joven fuera de aquel lugar cerrado, »ayudándola a bajar las escaleras«, al tiempo que »le indicó cómo llegar a la entrada de la discoteca, marchándose en otra dirección«.
Sin consentimiento
El tribunal granadino concluye que el procesado abusó de la joven «sin su consentimiento y aprovechándose del estado en el que se encontraba, de manera directa, con pleno dominio de su acción».
En este punto, detalla que las facultades de la víctima de entender, percibir la realidad, razonar y de querer y decidir, y de actuar conforme a dicha comprensión, «se encontraban muy mermadas como consecuencia de la ingesta previa de la botella de vino tinto».
También estaban muy mermadas, según concluyen los magistrados de Plaza Nueva, las capacidades de la chica «para oponerse y resistirse a los requerimientos de índole sexual de un tercero, no recordando con claridad lo que a partir de ese momento ocurrió», en referencia a lo vivido en el almacén. La joven deambulaba con dificultad y tenía «lagunas» en su memoria.
En definitiva, la víctima fue sometida a aquellas relaciones sexuales teniendo «rebajados», a consecuencia de su intoxicación, «sus mecanismos de propia defensa y resistencia frente a un ataque a su libertad sexual».
El fallo, que puede ser recurrido ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Ceuta y Melilla (TSJA), fija la pena en siete años de cárcel al tener en cuenta que el tipo «no» ha reconocido «su clara participación en los hechos, como principio de reeducación y resocialización», así como no ha realizado «ninguna conducta que tienda a paliar, minimizar o reparar los efectos de su delito».
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