Interceptan a un camionero en Dúrcal que triplicaba la tasa de alcohol y dio positivo en cocaína
El juez le ha retirado el carné de conducir durante un año por un delito contra la seguridad vial, después de pasar este martes a disposición judicial
José Ramón Villalba
GRANADA
Jueves, 23 de noviembre 2017, 00:43
La GuardiaCivil de Tráfico interceptó la tarde del lunes un camión en la N-323, término municipal de Dúrcal, cuyo conductor dio positivo en ... cocaína y tras someterse a la prueba de alcohol, triplicó la tasa permitida alcanzando 0,80 gr/l en aire espirado, cuando el límite legal es de 0,25 y sobrepasando los 0,60 se considera delito, que conlleva penas de cárcel.
El camionero conducía en un estado de embriaguez patente. Este martes por la mañana fue juzgado y le han retirado el carné de conducir durante un año, lo cual se traduce en que se queda sin trabajo en este tiempo.
Conducir bebido o alterado por el consumo de drogas sale cada vez más caro y aún son demasiados quienes no piensan en las nefastas consecuencias de sufrir un accidente o, simplemente, ser interceptado en un control rutinario por la Guardia Civil de Tráfico.
Sólo en la provincia de Granada, según datos de la jefatura provincial de Tráfico, se sancionan todos los días a cinco personas de media por superar la tasa de alcoholemia permitida o por conducir bajo la influencia de drogas prohibidas.
El número de sancionados por superar la tasa de alcohol permitida hasta el 30 de noviembre de 2016 se elevó a 1.351 y por drogas fueron 547. La cuantía de la multa por superar la tasa de alcohol permitida es de 500 euros y 4 o 6 puntos, que pasaría a ser de 1.000 euros y la retirada de 4 o 6 puntos en el caso de que el conductor ya hubiera sido multado por alcoholemia en el año inmediatamente anterior, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida. El conductor interceptado en Dúrcal no es reincidente.
Se consideraría un ilícito penal si el alcohol consumido es superior a 0,60 miligramos por litro de sangre. La sanción en este caso sería de pena de prisión de tres a seis meses, una multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Los agentes de Tráfico hallan en ocasiones, quizá demasiadas, a conductores que no quieren someterse a la prueba porque van embriagados y temen la sanción, pero negarse es un delito tipificado en el Código Penal y es mucho peor. La pena por no someterse a la prueba es de seis meses a un año de cárcel y la retirada del carné de conducir de uno a cuatro años (artículo 383 del Código Penal). Además de lo anterior, supone la imposición de una multa de tráfico, ya que no someterse a la prueba de alcoholemia es una infracción muy grave de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (artículo 65.5 d), por lo que el importe de la multa rondará los 500 euros y supondrá también la retirada de 6 puntos del carné de conducir.
La Guardia Civil de Tráfico se encuentra esta semana efectuando controles de alcoholemia y drogas en carreteras comarcales de la provincia de Granada. Gracias a ello, el pasado lunes por la tarde evitaron que este camionero continuara su trayecto.
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