La fiscalía imputa por prevaricación al alcalde en funciones de Dúrcal
El ministerio público recuerda que no actuó contra locales comerciales del municipio sin licencia de apertura, pese a estar advertido
José Ramón Villalba
Miércoles, 7 de octubre 2015, 02:11
El alcalde en funciones de Dúrcal, José Manuel Pazo (PP), ha sido imputado por un presunto delito de prevaricación después de que la Fiscalía Provincial ... lo denunciara tras ver indicios de delito.
«Queda acreditado que el denunciado, de manera arbitraria, caprichosa e injustificada, al menos, desde diciembre de 2012 ha venido omitiendo el deber de tramitar las denuncias presentadas por la Policía Local de Dúrcal dejando de incoar los correspondientes expedientes sancionadores siendo conocedor de ellos (...)», según consta en el escrito de acusación de fiscalía.
Otro informe de la Guardia Civil presentado en fiscalía apunta en la misma dirección. «Del informe emitido por la Guardia Civil y de la prueba documental aportada se desprende que el denunciado ha hecho caso omiso no sólo a las denuncias sobre establecimientos abiertos al público sin constar de licencia municipal de apertura, sino también respecto a la tramitación de la licencia de apertura de un establecimiento de esta localidad».
Todo este proceso comenzó tras ser advertida la fiscalía de que dos locales comerciales del municipio ejercían su actividad sin disponer de licencia.
El primer edil, actualmente en funciones hasta que se constituya el nuevo equipo de gobierno municipal, también presentó las correspondientes alegaciones en su defensa a las cuales Fiscalía dice: «El denunciado olvida que las denuncias a cuya tramitación se ha opuesto o ha omitido voluntariamente y conscientemente se producen precisamente a partir del acuerdo de la Junta de Gobierno municipal de 5 de diciembre de 2012 en la que se acuerda la clausura de la actividad de los establecimientos denunciados. Es a partir de ese momento que el denunciado no tramita ninguna de las denuncias presentadas contra esos establecimientos».
Así, la fiscalía hace un recorrido por los distintos establecimientos sin licencia de apertura para recordar cuál ha sido la medida adoptada por el regidor. Uno de los locales denunciado en su día no fue clausurado por el regidor hasta saber que la Guardia Civil había emitido un informe y la fiscalía ya lo estaba investigando.
Sin actividad
Respecto al otro establecimiento denunciado, el regidor dijo que en las fechas comprendidas entre el 25 de agosto al 1 de setiembre delegó las funciones de alcalde y no hubiera podido adoptar acto administrativo alguno porque en esa fecha el Consistorio no tenía actividad.
En los fundamentos de derecho del escrito de fiscalía, el ministerio público recuerda que el artículo 404 del Código Penal sanciona a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictara una resolución arbitraria en un asunto administrativo. «El delito de prevaricación (...) sanciona supuestos límite, en los que la posición de superioridad que proporciona el ejercicio de la función pública se utiliza para imponer arbitrariamente el mero capricho de la autoridad o funcionario, perjudicando al ciudadano afectado o a los intereses generales de la Administración pública, eliminando arbitrariamente la libre competencia en un injustificado ejercicio de abuso de poder. En este sentido no es la mera ilegalidad sino la arbitrariedad lo que se sanciona».
De momento, el juez instructor de esta causa ya le ha tomado declaración al principal denunciado.
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