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Delincuentes sin cárcel

Delincuentes sin cárcel

Cinco años de internamiento en un centro es la pena máxima que pueden sufrir los agresores menores, como el apresado por el asesinato de la limpiador de Guadix en Sevilla

amaia f. lérida

Lunes, 13 de julio 2015, 00:17

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El crimen de la limpiadora de Guadix en Sevilla, que murió por los golpes de un menor de 14 años cuya intención era robar en el centro comercial Nervión Plaza donde María Gracia Martínez trabajaba, ha reabierto el debate sobre el castigo que se les aplica. En tan solo cinco días, desde el domingo y hasta el jueves, tres menores han sido detenidos en la ciudad hispalense como presuntos responsables de la muerte de dos personas y agresiones sexuales en el hospital de Valme.

El mayor de los tres, con 17 años, que, presuntamente, mató a otro de 16 en una pelea que se originó en Mairena del Alcor el domingo, se encuentra en un centro de menores. Los otros dos, estaban ayer al cierre de esta edición a la espera de pasar a disposición judicial.

Uno tiene 14 años y se le imputa la muerte de la limpiadora de Guadix de 62 años en el centro Nervión Plaza que lo sorprendió robando; el otro, cuya edad se desconoce, es, al parecer, quien agredió sexualmente entre el 30 de junio y el pasado día 8 a dos mujeres, una de ellas trabajadoras del centro, en el estacionamiento del hospital de Valme.

Son casos como el de Sandra Palo, la joven de 22 años con una minusvalía psíquica, que en 2003 fue violada, atropellada y quemada viva por tres menores y un joven de 18 años en Madrid; el de El Cuco, juzgado por el crimen de Marta del Castillo; o, sin ir más lejos, el asesinato de un profesor a manos de un alumno de 13 años el pasado mes de abril en el Instituto Joan Fuster en Barcelona, que reabren el debate sobre la conveniencia o no de reformar la Ley del Menor. Ésta deja claro que si tienen entre 14 y 18 años no son imputables es decir, que no han cometido un delito y, por tanto, no pueden ir a la cárcel, porque falta la imputabilidad, presupuesto de la culpabilidad.

Pero, ¿qué prevé el ordenamiento entonces para ellos? ¿Es demasiado permisivo? ¿Se deberían endurecer las medidas que se toman? ¿Es suficiente que 5 años de internamiento en un centro sea la pena máxima que se les impone?

El profesor de Derecho Penal de la Universidad de Sevilla y autor de varios estudios sobre esta problemática, Miguel Polaino Orts, afirma que "existe un reciente crecimiento exponencial de la delincuencia entre menores, que abarca conductas peligrosas producidas en un caldo de cultivo de particular agresividad".

También sostiene que el menor de edad en el mundo de hoy "es un sujeto perfectamente idóneo" para realizar conductas descritas como delitos típicos de la delincuencia de adultos -hurtos, robos, estafas, homicidios, asesinatos- y no sólo actos propios de su especial formación contemporánea como podrían ser los delitos cibernéticos. Frente a esto, y siempre que se trate de personas entre 14 años (inclusive) y 18 (no inclusive) el Derecho Penal reacciona aplicando la denominada Ley Orgánica de Reponsabilidad Penal de los Menores o Ley del Menor que data del año 2000 y que fue reformada, agravándola, en 2006, después de casos como el de Sandra Palo o el chico de la katana, "una reforma que equiparó al menor, por arriba, con el mayor de edad".

A pesar de que a los menores no se les aplique la misma ley tienen una cierta responsabilidad penal. "Es más atenuada que la de los mayores sus actos no se llaman delitos sino infracciones y sus castigos se llaman medidas. Son más asistenciales, educativas, pero también tienen un componente punitivo: son coercitivas (no voluntarias) y limitan también la libertad".

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